En La Tarde
Inspector Giraldo: "Es una aberración que un vigilante privado pueda pedirnos el DNI"
Es la reacción de la Policía ante la nueva Ley de Seguridad Privada que se ha aprobado en el Congreso y que aumenta las competencias de los vigilantes.
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Aunque con límites, y regula un sector en auge bajo los principios de complementariedad y subordinación a la seguridad pública.
Entre los retoques dados al proyecto inicial destaca la limitación de los supuestos en los que los vigilantes pueden prestar servicio, de forma que no podrán asumir funciones en calles comerciales peatonales como la de Preciados, en Madrid, o las Ramblas, en Barcelona, como inicialmente estaba previsto.
De hecho se llegó a una nueva redacción del artículo 41, el más criticado, para clarificar los trabajos que pueden desempeñar los vigilantes con o sin autorización de los órganos competentes. De este artículo ya quedó excluida una de las atribuciones que suscitaba más polémica: la que posibilitaba con autorización a las empresas privadas a vigilar "zonas comerciales peatonales" para concretar en el texto actual que esta actividad podrá realizarse en "parques o complejos comerciales y de ocio que se encuentren delimitados".
También ha cambiado la norma que daba potestad a los vigilantes para perseguir a los delincuentes "sorprendidos en flagrante delito aún cuando no guarden relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección".
Finalmente los vigilantes sólo podrán detener a delincuentes y ponerlos a disposición de las fuerzas de seguridad cuando sean sorprendidos en flagrante delito "en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección".
Los vigilantes podrán anotar los datos personales de esos detenidos pero, a diferencia del texto inicial, no podrán hacer averiguaciones sobre esos datos ni comprobarlos.
Modificaciones que no satisfacen a la oposición, al PSOE, Izquierda Plural, UPyD ni a PNV, que coinciden en que la ley pretende consolidar la seguridad privada en detrimento de la pública y abrir nuevos negocios a este sector en un asunto, la seguridad, que debe únicamente corresponder a las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Precisamente Serafin Giraldo, inspector del Cuerpo Nacional de Policía y portavoz del sindicato Unión Federal de Policía (UFP), ha corroborado en La Tarde su oposición a esta ley entre otros motivos por equiparar a la Policía con los vigilantes privados. "Ni siquiera son comparables, son personas que trabajan para una empresa de seguridad privada y a penas necesitan presentarse a un examen, no superan ninguna prueba".
Pero asegura el inspector Giraldo que ese no es el tema, "el problema son los excesos que puede provocar esta ley como que soliciten la identificación en la calle y no es la Policía es una empresa de seguridad privada y habrá que ver que van a hacer con los datos de nuestro DNI y este es el exceso y esto es una aberración jurídica que una persona de una empresa privada pueda exigirnos el DNI y los datos son demaseados personales, privados para que estén en manos privadas".
"Pero ellos no tienen además bases de datos donde contrastar esos datos, si tiene reclamaciones judiciales,etc... Ningún particular tiene la obligación de dar el DNI a un vigilante de seguridad. Por ejemplo si alguien está fumando un porro en la calle y le pide el DNI el vigilante y hay que dárselo esto es excesivo, no podemos admitir que los vigilantes creen bases de datos con nuestra privacidad".