DGT: estas son todas las nuevas infracciones y multas de la ley de Tráfico que entra hoy en vigor

Este lunes 21 de marzo entra en vigor la Nueva Ley de Tráfico que busca rebajar un 50 por ciento los fallecidos y heridos graves en la próxima década

Carmen Labayen

Publicado el - Actualizado

8 min lectura

No incluye novedades drásticas, pero distraerse al volante, no cumplir con las medidas de seguridad o rebasar los límites de velocidad si va a implicar mayores castigos tanto en pérdida de puntos como en multas a partir de la entrada en vigor este lunes 21 de marzo de la Nueva Ley de Tráfico que busca rebajar un 50 por ciento los fallecidos y heridos graves en la próxima década. Los expertos consultados por COPE recomiendan informarse bien de todos los cambios y emplear el sentido común.

Por ejemplo, conducir hablando por el móvil o teniéndolo en la mano implica la pérdida de 6 puntos de carné, exactamente el doble que hasta ahora. La multa se mantiene en 200 euros. El 2,15 por ciento de las sanciones que se ponen cada año en España se deben precisamente al uso de dispositivos electrónicos mientras estamos al volante, en la mayoría de los casos el móvil. Las distracciones son la primera causa de muerte al volante y han aumentado en los últimos años según recogen los últimos informes de Tráfico están detrás del 31 por ciento de los siniestros seguidas del consumo de alcohol (27 por ciento) y del exceso de velocidad (25 por ciento).

No llevar el cinturón o la sillita infantil puede suponer 4 puntos, uno más que ahora y lo mismo para motoristas y conductores de patinetes eléctricos no llevar casco. No aplicar estas medidas de seguridad o no hacerlo correctamente genera el 2,3 por ciento de las multas en las vías nacionales. Equivale, según señala desde la Asociación Profesional de Empresas Formadoras en Logística, Transporte y Seguridad Víal Formaster, a unas 18.000 multas anuales.

Hay que tener en cuenta que si el ocupante que no lleva el cinturón abrochado es una persona mayor de edad, será el único responsable de la infracción y, por tanto, ni el conductor ni el resto de acompañantes tendrán que hacerse cargo de la multa independientemente de quien sea el propietario del vehículo. La multa será en ese caso únicamente económica de 200 euros y no habrá pérdida de puntos. Si el ocupante sin cinturón es menor de edad será el adulto responsable quien deba hacer frente a la sanción.

Y todo porque uno 1 de cada 4 fallecidos en accidentes de Tráfico en España no llevaba puesto el cinturón de seguridad.

Otros 6 puntos y 500 euros puedes perder al tirar a la vía objetos que puedan provocar accidentes o incendios, antes eran 4. Y llevar en tu vehículo cualquier mecanismo para detectar radares o cinemómetros -que permiten medir la velocidad en tiempo real- te saldrá por 200 euros estén o no en uso.

“La retirada de puntos aumenta considerablemente y también las multas y aunque algunos aspectos van a depender del desarrollo de los reglamentos en los próximos meses, la filosofía de la nueva ley no es diferente de la actual simplemente refuerza aquellos aspectos que con más frecuencia generan accidentes en nuestras carreteras y las medidas son de sentido común”, explica a COPE Javier Llamazares, al frente de la Fundación para la Seguridad Vial FESVIAL

No habrá un extra de velocidad para adelantar

Algunos cambios han generado sin embargo polémica. Ha ocurrido con la prohibición de superar en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad al adelantar en carretera. La medida se aprobó a pesar de que diferentes asociaciones de automovilistas alegaran que no contar con ese margen extra generará más riesgo de accidente al prolongar, a veces incluso triplicar, el tiempo que dura cada adelantamiento. A partir de ahora el límite máximo de una carretera lo es en todo momento y no habrá forma de escudarse en un adelantamiento si el radar registra una velocidad superior a la permitida.

“Muchos conductores decían no es que estaba adelantando y por eso iba a 108 kilómetros por hora, pero ahora ya no podrán justificar ni argumentar o vas a 90 km/h o vas a 90 km/h”, subraya Llamazares que está, en cambio, a favor de la medida pues según explica “a mayor velocidad mayor es también el riesgo en caso de una colisión frontal”.

Si se supera en el adelantamiento el límite de velocidad de la vía se estará, por tanto, cometiendo una infracción. Anualmente en las carreteras se interponen más de 11.000 multas por adelantamiento indebido.

En los últimos 6 años, de 2015 a 2020 y según Formaster, del total de multas interpuestas en las carreteras, más de 2.8 millones de ellas, es decir el 65%, fueron por un exceso de velocidad de los conductores. Y, el mayor porcentaje de infracciones, un 70%, se emiten al pasar a mayor velocidad de la permitida por un radar fijo ubicado en alguna de las carreteras españolas.

Mayor protección a los ciclistas

Para adelantar a un ciclista, Tráfico plantea dos opciones a los conductores si no quieren que les retiren otros 6 puntos, dejar metro y medio en carreteras convencionales o cambiar totalmente de vía en autopistas o autovías. Además, aparcar en el carril bici no implicará perder puntos, pero sí una nueva multa de 200 euros.

Y en las ciudades los ciclistas pueden ir por motivos de seguridad por el centro de las calles. Solo los menores de 16 años están obligados a llevar el caso en ciudad, algo obligatorio para todos en vías interurbanas.

Y para los patinetes....

Todos los conductores de vehículos de movilidad personal como los patinetes deberán llevar el caso. Antes no tenían preferencia en los pasos de peatones, ahora tampoco la tendrán ni en aceras ni en zonas peatonales.

Y al frente de cualquier vehículo ya sea patinetes o similares, una bici o una motocicleta la tasa del alcohol para menores de edad se sitúa en cero.

Se trata de proteger mejor a los peatones que representan el 22 por ciento de los fallecidos en accidentes de tráfico. 8 de cada 10 de estos siniestros son culpa del conductor.

Cursos de conducción segura

Todo conductor que no haya perdido todos sus puntos podrá ganar dos puntos suplementarios superando un curso de conducción segura y eficiente según recoge la ley. El objetivo es formar a conductores en técnicas orientadas a evitar accidentes y reducir el consumo de combustible y las emisiones contaminantes además de prepararlos para solventar situaciones de peligro en la conducción y que se acostumbren a adoptar buenas prácticas al volante.

Su contenido específico está pendiente de una orden ministerial de Interior que incluirá una formación teórica y práctica y un apartado especial dedicado al respeto a los ciclistas y de vehículos de movilidad personal por la mayor vulnerabilidad de estos conductores.

Se podrá llevar a cabo como máximo uno de estos cursos cada dos años y el tope de puntos que puedes acumular en tu carné es de 15. Además, la nueva normativa unifica en dos años el plazo sin cometer infracciones para recuperar tu saldo inicial de dos puntos. No será válido para quienes tengan el carné a cero que deberán, como hasta ahora, pasar por un curso de reeducación que permiten recuperar como máximo 6 puntos.

Mayores penalizaciones para quienes hagan trampas

El uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados por el reglamento en las pruebas para obtener el carné de conducir o para recuperarlo pasa a ser considerada como una infracción muy grave. Está penalizada con 500 euros al igual que quienes colaboren o asistan a personas en esta situación. Además, el aspirante no podrá volverse a presentar a las pruebas en el plazo de seis meses.

Inalámbricos en moto

Los motoristas podrán llevar intercomunicadores integrados en los cascos para fines de comunicación o navegación y siempre que no afecte a su conducción. Deben estar eso sí certificados u homologados y no podrán, en ningún caso, colocar un móvil entre la oreja y el casco mientras conducen.

Restricciones en zonas de bajas emisiones

Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de multa, por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de alta contaminación y de las zonas de bajas emisiones establecidas por la Ley de Cambio Climático y Transición Energética para municipios de más de 50.000 habitantes.

Carreteras más seguras, pero aún queda margen para reducir la siniestralidad

Los expertos consultados por COPE creen que las nuevas medidas y sanciones mejorarán la seguridad en nuestras carreteras. Sin embargo y según Llamazares aún hay margen para la mejora y será difícil cumplir con el objetivo fijado para la próxima década. Aboga, entre otras medidas porque el caso sea obligatorio para todos los ciclistas y en todas las vías, también en la ciudad.

También considera que sería preciso endurecer las sanciones para reincidentes e introducir iniciativas para rejuvenecer nuestro parque de vehículos, el segundo más antiguo después del de Grecia. Y reforzar las medidas ante el absentismo de las ITV's y en general por un defectuoso mantenimiento del vehículo o por falta de seguro.

La DGT recauda alrededor de 400 millones de euros anuales en multas de Tráfico. Madrid y Sevilla encabezan el ranking de denuncias. Las más frecuentes son por exceso de velocidad (7 de cada 10) le sigue el consumo de alcohol y drogas al volante que está detrás de una de cada 3 muertes en carretera. Y el tercer motivo más frecuente de multa es por conducir sin seguro o con la ITV caducada. Algo más de 2,5 millones de coches circulan sin seguro.

Al año se ponen casi medio millón de sanciones por no haber pasado la ITV en el periodo reglamentario, lo que supone el 11% de todas las denuncias interpuestas por los agentes de tráfico.

Otros comportamientos penados al volante en los últimos 6 años son conducir sin seguro con el 3% de las sanciones en carretera o una conducción temeraria o negligente que es el 1.45% de todas las multas a conductores. En relación al consumo de alcohol y drogas, en los últimos años, se interpusieron una media anual de más de 100.000 sanciones de Tráfico, un 2.35% del total.