La Justicia Europea anula parcialmente la decisión de Frontex de denegar acceso a documentos a la ONG Sea-Watch
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El Tribunal General de la UE --en primera instancia del TJUE-- ha anulado parcialmente este miércoles la decisión de Frontex de denegar la solicitud de acceso a documentos de la ONG alemana Sea-Watch ya que, al evitar mencionar una serie fotografías en su decisión, la agencia no justificó la denegación de acceso.
Los documentos solicitados por Sea-Watch estaban relacionados con una operación aérea de Frontex que tuvo lugar en el Mediterráneo central el 30 de julio de 2021. Con ello, la ONG pretendía asegurarse de que Frontex y las autoridades de algunos Estados miembro no violaron el principio de no devolución en el curso de esta operación.
Entre los de documentos se incluían informes, comunicaciones, actas, fotografías y vídeos relacionados con la operación, pero Frontex denegó el acceso a un total de 73 de ellos porque, a su juicio, los documentos estaban comprendidos en varias excepciones al derecho de acceso, en particular en la destinada a proteger la seguridad pública.
Además, Frontex se negó a divulgar parcialmente esos mismos documentos, por entender que la cantidad de información que debería expurgarse resultaba desproporcionada respecto de la información residual que podría divulgarse, y que ese procedimiento violaría el principio de buena administración.
Aunque en su sentencia el TGUE rechaza en gran medida los argumentos formulados por Sea-Watch contra la decisión de Frontex, sí admite que la agencia no mencionó la existencia de una serie de fotografías a las que se refería la solicitud de la ONG.
Esta omisión supone que Frontex no justificó su denegación de acceso a dichas fotografías, razón por la que el Tribunal ha decidido anular parcialmente la decisión de Frontex, en la medida en que denegó el acceso a "todas las fotografías y vídeos referidos a la operación aérea desarrollada en el Mediterráneo central el 30 de julio de 2021".