Plagas de ratas o cucarachas: ¿Se pueden exterminar con la Ley de Bienestar Animal?

Aunque la ley todavía no está en vigor, en algunos municipios de Madrid ya están comenzando a aplicar sus preceptos: anteponer los métodos no letales

Plagas de ratas o cucarachas: ¿Se pueden exterminar con la Ley de Bienestar Animal?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

La nueva Ley de bienestar de los animales, impulsada por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, introduce importantes cambios en la forma en las cual las administraciones públicas deberán afrontar las plagas de animales. En especial en los pequeños ayuntamientos de las zonas rurales con menos capacidad de acción, que tendrán que demostrar de forma previa, para recurrir a los métodos letales, que no pueden contener las plagas que tengan. Esto se debe a que la normativa obliga a dar prioridad y a anteponer los métodos que no sean letales para controlar estas plagas.

Aunque la ley todavía no está en vigor, en algunos municipios de Madrid ya están comenzando a aplicar sus preceptos. Un ejemplo lo encontramos en la plaga de cotorras argentinas (especie invasora) que hay en la Comunidad de Madrid y que pone en amenaza a las aves autóctonas del lugar, como el gorrión común. Pues, los ayuntamientos de Móstoles, Parla, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Alcorcón y Pinto están estudiando la posibilidad de controlar las colonias de estas aves mediante la captura y realización de vasectomías a los machos. Ya que si no se pueden reproducir, no habrá renovación en su población y las colonias irán disminuyendo.

¿Cómo afecta a las plagas la Ley de Bienestar Animal?

Esta nueva legislación de protección animal establece obligaciones severas a las administraciones locales al momento de actuar ante una plaga. Pues esta ley da prioridad a los métodos tipo CER (Capturar, Esterilizar, Retornar). Según recoge el texto del 'Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales': "Las entidades locales antepondrán el control de poblacional no letal de la fauna urbana en sus planes de actuación en materia de protección animal, garantizando los derechos de los animales".

Esto significa que, aunque se contempla la posibilidad de tener que recurrir a métodos letales, su aplicación solo se producirá tras demostrarse de forma documentada, que es la única solución factible. En algunos pequeños municipios rurales, esto ha sido recibido con preocupación. Dado que cuentan con muchos menos recursos personales para realizar este tipo de burocracia, en la cual cada día es crucial para poder contener, por ejemplo, una plaga de ratas.

Aparte, la ley castiga de forma dura cualquier tipo de actuación sobre las colonias felinas urbanas. Introduciéndose de esta forma el término y concepto de "gato comunitario": un gato libre que convive en entornos humanos, pero que no se puede adoptar por su falta de socialización. Además, se establece una gestión integral de estos felinos con métodos no letales (preferiblemente los métodos CER) con el fin reducir la población de gatos callejeros, al mismo tiempo que se controla a los nuevos individuos de estas colonias (los gatos con hogar que se escapan de casa) con la esterilización obligatoria.

Aumento de las multas

Además, esta ley aumenta de forma significativa las penas y multas para los casos en que se produzca la muerte del animal (independientemente de si es doméstico o silvestre). Esta ley está redactada de tal forma, que las penas pueden de hasta un año y medio de cárcel y, las multas, de hasta 50.000 euros por matar ratas (por poner un ejemplo) en nuestro hogar, utilizando venenos u otros métodos. Más allá de la protección de las mascotas y animales domésticos, abre un abanico punitivo a cualquier lesión provocada a un animal vertebrado.

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