¿Por qué me pueden multar al cruzar un paso de peatones?
Todos conocemos a la perfección las sanciones a las que nos exponemos al ponernos al volante, pero desconocemos las multas que regulan a los peatones
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Seguro que alguna vez en tu vida has recibido una multa. La mayoría de ellas, las habrás conseguido tras incumplir alguna normativa vial. Existen multitud de conductas en nuestro día a día que son realmente contrarias a las legislaciones vigentes establecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT). Pero no todas son relativas a la carretera. Todos conocemos a la perfección las sanciones a las que nos exponemos al ponernos al volante, pero desconocemos las multas que regulan a los peatones. Y deberíamos conocerlas de igual manera.
Seguro que has pensado en infracciones que cometes como peatón: cruzar en rojo el semáforo, cruzar en una zona en la que no hay un paso de cebra, incluso, caminar por la carretera. Pero hay otras actitudes que nos costaría creer que pueden ir acompañadas de una sanción de las autoridades. ¿Sabías que cruzando un paso de cebra te pueden multar? Pues sí, lo pueden hacer. La prioridad del peatón en ese tipo de pasos es obvia, pero, pese a esto, no se puede hacer un uso indebido del mismo. Por lo que, interrumpir el tráfico caminando muy lento, puede llegar a costarte una multa. A continuación te contamos las infracciones más comunes de los peatones recogidas en las normas viales y sus consiguientes sanciones.
Artículo 49. Peatones.
Esta legislación va acompañada de una serie de sanciones en caso de infracción. Los importes de las multas varían en función de la gravedad, siendo 80 euros el límite inferior y llegando hasta los 1.000 euros en el superior.
Sanciones de 80 euros
Sanciones de 200 euros
Sanciones especiales