Cambios en los patinetes eléctricos a partir de enero: la DGT advierte de qué pasará con los que ya circulan

Tráfico impondrá un elemento diferenciador para los VMP desde el próximo 22 de enero que afectará a nuevos y antiguos conductores

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Paco Delgado

Madrid - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

Los patinetes eléctricos son unos de los vehículos que más ha revolucionado la movilidad recientemente en las grandes ciudades, pero también ha sido uno de los más polémicos, sino el que más. En apenas unos años se han sucedido accidentes, atropellos, cambios en las vías de circulación, estallidos en transportes públicos y, lo último, prohibiciones. Ahora, la Dirección General de Tráfico (DGT) anuncia cambios que se aplicarán a partir del 22 de enero de 2024.

Unas modificaciones que introducirán un elemento diferenciador y que afectará, sobre todo, a aquellos que decidan comprar un VMP (Vehículo de Movilidad Personal) nuevo, pero también a los que ya circulen. Por lo tanto, aquellos que tengan en sus planes comprar un patinete como regalo para las próximas Navidades, deben tener muy en cuenta el último aviso de la DGT sobre los mismos, además de todas las prohibiciones autonómicas y nacionales que han entrado en vigor recientemente.

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¿Dónde están prohibidos ahora los patinetes eléctricos?

Vaya por delante que la competencia de regular la circulación de patinetes eléctricos compete a cada ayuntamiento. Pero, además de ello, la DGT establece algunas normas de circulación como la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas bajo multas de entre 500 y 1.000 euros. Además, es obligatorio que el patinete tenga un sistema de frenado; que el aparato tenga un dispositivo de advertencia acústica, también conocido como timbre. Además, tenemos que llevar luces y dispositivos reflectantes, tanto traseros como delanteros.

Pero si hay una norma reciente que ha sido más polémica que cualquier norma: la prohibición de los VMP eléctricos en trenes. El pasado mes de octubre el servicio de la línea 2 de Metro de Madrid quedaba interrumpido durante al menos tres horas en cuatro estaciones tras explotar la batería de un patinete eléctrico.

Un suceso que desencadenó en la prohibición en la capital de este tipo de vehículos, tanto en Metro como en autobús. Pero no quedó ahí, sino que todo el servicio de trenes a través de las tres empresas ferroviarias, Renfe, Ouigo e Iryo, decidieron restringir también este tipo de patinete de la totalidad de trenes de España.

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Cambios en los patinetes eléctricos a partir de enero de 2024

Ahora, Tráfico ha recordado que hay una medida nueva que entrará en vigor el próximo 22 de enero: la obligatoriedad de un certificado en los nuevos modelos que se fabriquen y que certifique que esos patinetes eléctricos poseen el equipamiento adecuado para circular por la vía pública. Se trataría de una placa ubicada en el chasis de manera que sea visible y en el que se incluirán datos propios del vehículo como el número de serie o la velocidad máxima. De hecho, la propia Dirección de Tráfico facilita una lista en la que actualiza de manera periódica aquellos modelos que ya poseen el certificado. Algo muy útil para aquellos que estén planteándoselo como regalo de Navidades.

Pero, ¿y si compro o ya circulo con un modelo de VMP que no tiene ese nuevo certificado? Tráfico lo explicaba en el BOE, en la Resolución de 12 de enero de 2022:

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Una usuaria de patinete eléctrico guarda su vehículo en un aparcamiento Bicibox / EP

4. Proceso de certificación extraordinario de un VMP.

El proceso de certificación extraordinario de un VMP sin certificado podrá ser solicitado por parte de su propietario a través de un laboratorio autorizado aportando el vehículo VMP y la información técnica que posea del mismo, a ser posible la ficha reducida de características técnicas y el manual del usuario, con el objetivo de realizar los ensayos correspondientes.

En este caso no se requerirá que éste esté dado de alta en el registro de fabricantes/representantes autorizados de la DGT.

El laboratorio autorizado para la certificación individual deberá realizar únicamente los ensayos que no sean destructivos de entre los recogidos en el Apéndice 1, y emitirá el informe técnico de las comprobaciones y pruebas realizadas y del cumplimiento de los requisitos, así como un modelo de certificado VMP con el resultado (positivo o negativo) de la certificación, según el modelo incluido en el Apéndice 6, y lo remitirá tanto al solicitante como a la DGT. El número certificado obtenido, en caso de certificación positiva, seguirá el formato LUXXXX(12).

Lo que viene a decir la resolución es que, aquellos que no tienen el certificado, deben acudir a alguno de los laboratorios autorizados para evaluar que el vehículo es apto para recibir el certificado, y hacerlo antes de 2027, o no podrán circular con el mismo.

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