SEGURIDAD VIAL

Competencia recurre el decreto que dificulta el establecimiento de nuevas autoescuelas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recurrido varios apartados del real decreto que modifica el reglamento regulador de las autoescuelas y el de conductores al considerar que dificulta el establecimiento de nuevos centros y reduce la intensidad competitiva entre ellos.

Agencia EFE

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recurrido varios apartados del real decreto que modifica el reglamento regulador de las autoescuelas y el de conductores al considerar que dificulta el establecimiento de nuevos centros y reduce la intensidad competitiva entre ellos.

Según este organismo, esas "importantes restricciones" a la competencia limita la oferta de clases de conducción.

La normativa recurrida obstaculiza el ejercicio como director y profesor de autoescuela, ya que obliga a los primeros a disponer de dos certificados de aptitud (de director y de profesor, que se obtienen tras superar unas pruebas), además de la autorización para ejercer.

Exigir estos certificados, advierte la CNMC, es "desproporcionado", ya que las funciones de director se centran en la gestión empresarial y no en la docencia.

También considera "desproporcionada" la exigencia tanto a los directores de autoescuela como los profesores de obtener un certificado de aptitud y una autorización para poder ejercer cuando se puede sustituir el segundo por una comunicación previa, de acuerdo con el principio de simplificación administrativa.

La nueva regulación, asimismo, obliga a los profesores a solicitar una nueva autorización cada vez que empiecen a prestar servicios en una nueva autoescuela, lo que "restringe" la movilidad de éstos entre distintos centros y "vulnera" el reconocimiento oficial de titulaciones.

En enero de este año, la CNMC envió al Ministerio del Interior un requerimiento explicando los problemas de la normativa, para evitar la impugnación, pero no obtuvo respuesta y recuerda que está legitimada para impugnar los actos administrativos y las disposiciones con rango inferior a ley que supongan obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados. EFE

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