La lucha contra el fraude y la corrupción, ejes de las medidas municipales para las contrataciones

El edil Antonio Álvarez destaca igualmente que las cláusulas sociales y medioambientales dirigirán sus actuaciones a este respecto

La lucha contra el fraude y la corrupción, ejes de las medidas municipales para las contrataciones

Toni Cruz González

Córdoba - Publicado el - Actualizado

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El delegado de Gestión del Ayuntamiento de Córdoba, Antonio Álvarez, presentó este jueves el plan de medidas impulsadas desde su departamento para las contrataciones en las que "se pretende una utilización estratégica de la contratación pública con el objetivo de cumplir con la estrategia europea 20/20 y que suponga evitar el fraude, el favoritismo y la corrupción y darle toda la garantía al cumplimiento de la normativa social y medioambiental que hay a nivel europeo".

Ha apuntado que la normativa está "terminada y se ultiman determinados aspectos de correcciones, para llevarla próximamente a la Junta de Gobierno Local” para ser aplicada antes del pertinente trámite de alegaciones y correcciones.

Estas instrucciones son “comunes para toda la contratación municipal, los organismos autónomos y las empresas municipales. Habrá igualmente un compendio de la propia normativa de contratación, con la Ley de Contratos del Sector Público de 2017".

Son 106 artículos que, a juicio del edil, “expresan de forma clara hacia donde hacia se quiere ir” y “se contempla el plan anual de contratación”, con “todos los contratos que se prevé que haya que realizar durante la anualidad”.

En el articulado “se realiza una limitación legal en cuanto a los recursos de los procedimientos negociados sin publicidad y en los contratos menores, que ya fueron objeto también de una instrucción municipal en febrero de este año” y en todo caso “ambas formas de contratación deben ser excepcionales y motivadas”.

Se plantea “algo que la ley contenía, como es la utilización del documento europeo único de contratación, a modo de declaración responsable, que los licitadores podrán presentar para justificar todos los requisitos de personalidad, capacidad y solvencia”.

En relación con la transparencia “se establece la forma en la que el órgano de contratación deberá comunicar a la autoridad de defensa de la competencia antes de la adjudicación de cualquier contrato cualquier indicio fundado que pudiera existir de vulneración de la normativa de competencia, cuando se trate de prácticas concertadas para restringir o falsear la competencia”.

Se hace mucho hincapié en “la regulación de las continuidades por interés público de determinados contratos, que puede realizarse o autorizarse siempre y cuando obedezca a una exigencia. La exigencia de esta prórroga especial es que no haya dado tiempo a terminar el nuevo contrato”.

Así que “las continuidades no pueden ir más allá de nueve meses, como también establece la propia Ley de Contratos, y sólo se podrá recurrir a ellas cuando exista otro expediente de nuevo contrato ya iniciado y que haya sido en el año anterior al vencimiento”.

Se establecen medidas para “facilitar la participación de las pymes en la contratación municipal y se auspician actividades de formación en materia de licitación electrónica, la comunicación del plan anual de contratación, ayuda para la presentación electrónica de ofertas y adaptar los contratos en cuanto a facilitar lotes para que la mayor parte de las pymes puedan participar en la licitación".

Se quiere impulsar la tramitación electrónica de los procedimientos, para lo cual “ya durante este año se ha iniciado la firma de contratos de forma electrónica y también la realización de mesas de contratación electrónica”.

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