JUZGADOS

Abren juicio oral a Daniel Campos, secretario gral del PSOE de Linares, por presunto delito electoral

Al parecer Campos pidió el voto para su partido el mismo día de las elecciones municipales. La Fiscalía solicita una pena de 9 meses de prisión e inhabilitación especial

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Antonio Agudo

Jaén - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

La Cadena Cope en Jaén ha tenido acceso al escrito del juzgado linarense que decide abrir juicio contra Daniel Campos, secretario general del PSOE de Linares y actual diputado provincial de Gestión y Recaudación en el que se dice “Se acuerda en la presente causa la APERTURA DEL JUICIO ORAL y se tiene por formulada el acusación contra DANIEL CAMPOS LOPEZ por el delito Electoral., previsto y penado en el artículo 144.1 de la Ley Orgánica 5/1985) de Régimen Electoral General, solicitando se le imponga la pena de:

- Por el Ministerio Fiscal: pena de 9 meses de prisión, con accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Costas del procedimiento de conformidad con el artículo 123 del código penal. No procede responsabilidad civil.

- Por la Acusación Particular: pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante cinco años.

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RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.-

Dispone el artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que solicitada la apertura del juicio oral por el Ministerio Fiscal o la acusación particular el Juez debe acordarla, a salvo los supuestos de sobreseimiento, que no concurren en el presente caso, debiendo resolver al mismo tiempo sobre las medidas cautelares procedentes, tanto respecto de la persona del encausado, como de los bienes de las personas eventualmente responsables civiles.

SEGUNDO.-

Dispone el artículo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de aplicación al Procedimiento Abreviado según los artículos 764.1 y 783.2 de la misma Ley procesal, que desde que resulten indicios de criminalidad contra una persona, se mandará que preste fianza bastante para asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan declararse procedentes, decretándose el embargo de sus bienes en cantidad suficiente para asegurar dichas responsabilidades, si no prestare la fianza exigida.

TERCERO.- En atención a la pena señalada al delito perseguido procede declarar órgano competente para conocimiento y enjuiciamiento de la causa al JUZGADO DE LO PENAL DE JAEN.

CUARTO.-

Por último debe acordarse en la presente resolución el traslado de los escritos de acusación al encausado, habilitándole, en su caso, de la defensa y representación correspondiente.

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El PP ya le pidió que asumiera el código ético de su partido

Hace tan sólo unos días el secretario general del PP de Linares (Jaén), Daniel Moreno valoraba como "muy tristes por el pésimo ejemplo que dan" las novedades sobre el procedimiento judicial que se sigue contra el líder del PSOE linarense y diputado provincial, Daniel Campos, y le ha preguntado si "cumplirá con el código ético socialista" y renunciará a sus actas de diputado y concejal.

Los populares manifiestan que la acusación contra Campos "es grave", ya que supone la presunta vulneración de las reglas democráticas de un proceso electoral, lo que "da una idea de hasta que punto el PSOE estaba dispuesto a hacer lo que fuese por arañar votos".

La Ley electoral prohíbe que durante la jornada electoral y la de reflexión se hagan declaraciones o actos tendentes a pedir el voto. Los hechos objeto del procedimiento judicial tuvieron lugar el mismo día de las elecciones municipales y fueron objeto de denuncia. Según indica el PP, tras las oportunas investigaciones policiales, ahora el juzgado ha dado continuidad al procedimiento y ha trasladado las diligencias a la acusación particular y la Fiscalía para que en estos días presenten sus escritos de acusaciones y petición de apertura de juicio oral.