MOVILIDAD

Patinetes eléctricos: las multas a las que te enfrentas y aún desconoces

Este medio de transporte es cada vez más habitual verlo en las calles de nuestro país

Patiente

Emilio Guerrero

Málaga - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

A nadie se le escapa que los patinetes eléctricos es un medio de transporte que cada vez gana más adeptos. No hay ciudad, municipio o calle en la que no se vea a alguna persona desplazándose en estos aparatos. Según los datos de la DGT, tras la pandemia este medio de circulación ha ganado 377 mil nuevos usuarios, a los que hay que añadir el más de medio millón que había de registrados de tiempo atrás.

El patinete eléctrico se considera un "Vehículo de Movilidad Personal (VMP)" propulsado por un motor eléctrico y con capacidad para trasnportar, como su propio nombre indica, a una sola persona y que alcanza una velocidad entre los 6 y 25 km/h. Este sistema de transporte sostenible ha venido a sustituir a otros medios de locomoción. No se considera un VMP los vehículos para personas de movilidad reducida.

Muchas personas, adquieren los patinetes eléctricos pensando que tienen en sus manos un juguete y que su uso no conlleva obligaciones ni responsabilidades. Aunque de momento nos es obligatorio poseer un seguro para circular con ellos, la DGT estudio hacerlo obligatorio en un corto espacio de tiempo, tapoco es necesario tener un permiso de circulación, ni carnet de conducir, sí que hay una serie de normas que debes conocer a la hora de circular con tu patinete eléctrico si no quieres exponerte a una sanción.

CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL O DROGAS

Como cualquier conductor, los conductores de los patinetes eléctricos están obligados a someterse al test de drogas y alcohol. Dependiendo del resultaod positivo que se de la multa oscila entre los 500 y los 1000 mil euros y en el caso de conduccir bajo los efectos de las drogas la multa económica se puede ir desde los mil euros y si se tramita por la vía penal una propuesta de cárcel de entre 3 y 6 meses o 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad. En este caso, el patinete también quedará inmovilizado.

CONDUCIR MANEJANDO DISPOSITIVOS MÓVILES

Al igual que en el coche o en la moto está prohibido utilizar el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de estas características. Al no tener carnet no te podrán quitar puntos del carnet, pero te expones a una sación de 200 euros.

CONDUCIR CON AURICULARES

La sanción a la que te expones si decides saltarte esta norma es de 200 euros

USO DEL CASCO

Las ordenanzas municipales en buena parte de España consideran obligatorio el uso del casco, la sanción a la que te enfrentas es de 200 euros. En algunas ciudades, como en el caso de Málaga, es obligatorio también llevar un elemento identificativo como los chalecos reflectantes u otro elemento homolago por la DGT

TRASNPORTE DE PASAJEROS

Como indica su nombre son vehículos de movilidad personal y está prohibido desplazar a un pasejero, la multa por este motivo es de 100 euros.

CIRCULAR POR ACERAS O ZONAS PEATONALES

Está terminantemente prohibido circular por las aceras y zonas peatonales, como recoge el artículo 121 del Reglamento General de Circulación, la sanción a la que te expones es de 200 euros. En ciudades como Málaga, se ha optado por habilitar un carril 30 preferente, estos vehículos deben ir por el arcén o, en último caso, por la calzada, al igual que los coches, y a un máximo de 30 kilómetros por hora las bicis y 25 los patinetes. Queda también prohido aparcar el patinete en zonas que no estén hablitadas para ello.


CONDUCCIÓN NEGLIGENTE

Se considera que incurres este apartado si conduces tu patinete eléctrico sin ningún tipo de alumbrado ni una prenda reflectante que te identifique, como en otros apartados la sanción asciende a 200 euros.

El patienete es un medio de transporte, ágil, sostenible y al alza, pero ten en cuenta que no es un juguete y que su uso lleva aparejado una serie de obligaciones.

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