MÁLAGA CF

El brutal auto donde ve indiciones de blanqueo de capitales de Al Thani

La relación entre el Málaga y NAS, a la que se considera una "sociedad instrumental" para beneficio de los Al Thani, motivo también de presunto delito

Imagen del abogado de los Al Thani, Jesús Santos y el director general Richard Shaheen.

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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En un auto, de 16 páginas, demoledor, sumado a la documentación e informe de la Polícia Judicial y del Consejo Superior de Deportes, la magistrada ha adoptado estas medidas cautelares con el objeto de "evitar" que la actividad supuestamente delictiva en la gestión del Málaga "se siga llevando a cabo por los supuestos responsables, con el consiguiente perjuicio e imposibilidad de restauración de la situación inicial si la misma se continuase llevando a cabo".

Nombra como administrador judicial a José María Muñoz Jiménez, que fue propuesto por el Ministerio Público Fiscal al considerarlo idóneo para esta función por su conocimiento en la materia y procedimientos previos en los cuales ha intervenido. La administración judicial se desarrollará por un tiempo de seis meses, pero se prorrogará, de forma automática, por periodos iguales de seis meses y comprenderá la totalidad de la organización de la Sociedad Anónima Deportiva Málaga Club de Fútbol y de Nas Football, SLU.

Por tanto, el administrador asumirá la gestión mercantil de ambas sociedades y dará cuenta al Juzgado de forma trimestral de cualquier incidencia relativa a dicha gestión, tanto a requerimiento judicial como de oficio. La jueza subraya en su resolución que el administrador tendrá acceso a todas las instalaciones y locales de las empresas, además de potestad para recibir cuanta información estime necesaria para el ejercicio de sus funciones, y tomará posesión al día siguiente de la notificación del auto, por lo que previsiblemente comenzará este viernes sus funciones.

El administrador judicial ya puede ejercer

Autoriza al administrador para que cuente con ayuda de un auditor, contable o economista, entre otros, si lo considera necesario, además de que tendrá que realizar una evaluación de las cuentas anuales presentadas por los anteriores miembros del consejo de administración y elaborar un informe sobre la solvencia y viabilidad de la entidad.

Estas resoluciones judiciales han sido adoptadas, por un lado, para "asegurar la investigación, evitando la desaparición de pruebas" y, por otro, para "la protección de la víctima del delito", ya que los hechos objeto de la investigación podrían conllevar un delito de administración desleal, apropiación indebida y blanqueo de capitales.

La jueza destaca en su auto el informe elaborado con carácter provisional por la Sección de Blanqueo de la Policía Nacional (que está incorporado a una pieza declarada secreta), del que se desprende que esta sociedad limitada unipersonal "no tiene otra actividad que servir de instrumento para conseguir fondos de la SAD (Sociedad Anónima Deportiva) y titularizar un total de unas 583.948 acciones de la misma".

Para la magistrada, resulta evidente que las mayorías detentadas por los querellados en ambas sociedades les ha permitido llevar a cabo "decisiones exclusivamente en su propio interés", como mejoras en su situación económica al fijarse retribuciones como personal de alta dirección