OCUPACIÓN ILEGAL

La clave que desconoces para desalojar a los okupas en cuestión de horas

La ley ampara al propietario de la vivienda en estos casos, en los que la Policía puede actuar de inmediato

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Andres Reina, abogado del despacho GVA&Atencia, sobre la ocupación ilegal

Carmen Cerbán

Málaga - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Seguro que has hablado en más de una ocasión de un asunto que preocupa y mucho: la ocupación ilegal de viviendas. En una provincia como Málaga, en la que existen miles de segundas residencias (viviendas vacacionales, que están mucho tiempo vacías), este problema resulta especialmente preocupante.

¿Qué puede hacer el propietario si ocupan su casa?, ¿le protege la ley? Dice el abogado experto en la materia, Andrés Reina, responsable del departamento de Derecho Procesal del despacho Gómez-Villares y Atencia, que el propietario no está tan desamparado como se suele pensar.

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DESALOJO “EN CUESTIÓN DE HORAS”

De hecho, hay un supuesto en el que el desalojo del okupa lo hace la Policía en cuestión de horas: cuando hablamos de una vivienda, ya sea de uso habitual o una segunda residencia que solo se habita puntualmente. Si el inmueble se encuentra deshabitado porque su propietario “ha estado de viaje, porque va solo los fines de semana o en períodos vacacionales, estaríamos ante un supuesto de allanamiento de morada”. En ese caso, el propietario acude a la Policía “y en cuestión de horas normalmente la situación debe quedar resuelta”, ya que los agentes “pueden acceder al domicilio y detener a los ocupantes”.

Otro caso distinto, en el que interviene la vía judicial y que se alarga más en el tiempo, es aquel en el que el okupa se instala en una casa que siempre está vacía. “Cuando se trata de un piso que está completamente vacío, que no se ocupa, que se tiene para vender, o que es un piso de un banco en el que no vive nadie ni siquiera en períodos turísticos, entonces estamos ante otro supuesto... estaríamos ante un procedimiento un poco más largo porque sería un caso de usurpación de vivienda y no de allanamiento de morada”, explica el abogado de GVA & Atencia en COPE MÁS Málaga.

RECURRIR AL DESAHUCIO EXPRÉS

Eso sí, ante este tipo de casos, el dueño de la casa puede recurrir a la ley del desahucio exprés. “Existen procedimientos rapidísimos, de los más rápidos que existen en nuestro Derecho, para recuperar la posesión de las propiedades”, asegura Andrés Reina, en referencia a una ley “muy reciente, de 2018, que es la ‘Ley antiokupas’... del desahucio exprés, que significa que, ante un supuesto de ocupación de un piso vacío, donde no procede una intervención policial, se acude a un procedimiento de desahucio exprés y puede ser cuestión de uno o dos meses, que hablando de un procedimiento judicial es un tiempo bastante razonable”.

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MEDIAR CON LOS OKUPAS

Lo cierto es que algunas víctimas de la ocupación ilegal acuden a empresas especializadas para que expulsen a los okupas. Es el caso de Desokupa Express. Desde 2018 se dedican a recuperar las casas para que sus propietarios legítimos puedan volver a ellas. Asegura su responsable, Salvador Palazón, que para ello recurren a la negociación.

“Lo primero que hacemos es presentarnos en la vivienda y ver quién hay dentro, qué le pasa, por qué está ahí... e intentamos llegar a una mediación y una negociación con ellos para que entienda que la vivienda no es de un banco, que es de un particular que está pagando su hipoteca, o de una persona que ha comprado esa vivienda para poder tener una jubilación”, explica el responsable de Desokupa Express.

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Sobre la ‘Ley antiokupas’ que mencionaba el abogado, Palazón asegura que los plazos para expulsar a los okupas está alcanzando los 18 meses: “Estoy viendo entre nueve, diez, doce... y ahora, después del confinamiento, hasta 18 meses para poder recuperar la vivienda, esa es la realidad; estamos amparados por la ley, pero los juzgados no están en los tiempos que deberían estar”.

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