VIVIENDAS TURÍSTICAS

Cuánto dinero le cuesta a una comunidad de vecinos prohibir los pisos turísticos: “A mansalva”

Ante las limitaciones que empiezan a imponer los ayuntamientos para frenar la proliferación de este tipo de alojamientos, muchos propietarios se están apresurando a dar de alta sus viviendas como turísticas

EFE

Cuánto dinero le cuesta a una comunidad de vecinos prohibir los pisos turísticos: “A mansalva”

Carmen Cerbán

Málaga - Publicado el

4 min lectura

En cuestión de meses, a Manuel, en su despacho, se le ha multiplicado el trabajo por un asunto: el interés de vecinos de distintas zonas de Málaga por vetar las viviendas turísticas en sus edificios: “Es continuo porque todo el mundo quiere prohibirlo”. Se refiere Manuel, que es administrador de fincas, a los pisos turísticos. 

A día de hoy, este administrador de fincas tiene en marcha los procesos de seis comunidades de propietarios distintas que han iniciado el procedimiento precisamente para que en sus bloques no puedan darse de alta pisos turísticos. “Es ahora cuando está proliferando, en los últimos meses es continuo, tanto personas dando de alta pisos a mansalva, como comunidades prohibiéndolo... estamos en el doble juego y es tremendo, un no parar”, asegura.

PRISAS POR INSCRIBIR Y POR PROHIBIR

Manuel Díaz -que es vicepresidente del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga- por su día a día conoce de primera mano las prisas que en los últimos tiempos están teniendo tanto los propietarios que quieren dar de alta sus viviendas como turísticas como aquellos que quieren aprobar cuanto antes el veto a este tipo de alojamientos en sus comunidades de vecinos.

¿Y por qué esas prisas de unos y de otros? El motivo es sencillo: el pasado mes de febrero la Junta de Andalucía aprobó el decreto que regula las viviendas turísticas y que deja la pelota en el tejado de los ayuntamientos para frenar su proliferación. Como ejemplo el Ayuntamiento de Málaga, que a principios de verano anunció limitaciones a la hora de autorizar un piso turístico (por ejemplo, si no tienen entrada independiente al resto de vecinos). Eso limita la posibilidad de conseguir una licencia turística a los chalés y a los bajos comerciales reconvertidos en viviendas (aunque en este caso con algunas condiciones).

VOTO EN JUNTA DE PROPIETARIOS

Al margen de las medidas que comienzan a tomar los ayuntamientos, en COPE aclaramos otra cuestión: de qué manera una comunidad de vecinos puede prohibir que haya viviendas turísticas en su bloque.

En este sentido, lo primero que hay que tener en cuenta es que para ello hay que convocar una reunión de propietarios y que, al menos, tres quintas partes de ellos voten a favor del veto. Es decir, que si hay 50 vecinos, al menos 30 tienen que estar de acuerdo con prohibir los pisos turísticos.

Precisamente, recientemente hemos conocido que el Tribunal Supremo ha avalado esta norma. ¿Y eso por qué es importante? Lo es porque hasta ahora, diferentes audiencias provinciales estaban interpretando la ley de manera distinta y ahora el Supremo lo que da es un marco legal común para todas las comunidades de propietarios de todo el país: para prohibir los pisos turísticos, es necesario que voten a favor tres quintas partes de los propietarios. Hay que tener en cuenta que la proporción se refiere a propietarios y no a asistentes a la reunión de vecinos en cuestión.

REGISTRAR EL ACUERDO

En caso de que el acuerdo salga adelante, hay que dar un siguiente paso como explica el administrador de fincas: “Hay una segunda parte muy importante, que no se hace siempre, que es que, al ser una modificación de los estatutos de la comunidad, hay que registrarlo elevarlo a público, es decir, hay que acudir al Registro de la Propiedad y registrar el acuerdo”.

Esa inscripción en el Registro de la Propiedad tiene un coste para la comunidad de vecinos. En primer lugar, hay que acudir al notario para que levante acta de la reunión (y los honorarios rondan los 140/160 euros). Y en segundo lugar, hay que hacer el cambio en el Registro de la Propiedad, lo que tiene un coste de unos 30 euros por finca, es decir, que para un bloque medio de 50 propietarios, el coste será de unos 1.500 euros.

DAR DE BAJA LA LICENCIA

Y si un propietario da de alta su vivienda como turística en el tiempo que pasa entre que se acuerda el veto en la reunión y se inscribe ese acuerdo en el Registro de la Propiedad para que quede reflejado en los estatutos de la comunidad... ¿qué ocurre? Ante este supuesto, el administrador de fincas lo tiene claro: “Una vez que tenemos el voto de las tres quintas partes, el acuerdo es firme para las personas propietarias en ese momento aunque no se haya registrado”.

Por tanto, en caso de que se produzca algún alta en ese espacio temporal, la comunidad tendría que recurrir “a la Junta de Andalucía, demostrarle que esa vivienda no lo ha hecho en buena lid y solicitar que den de baja esa licencia”, añade Manuel Díaz.