SEGURIDAD VIAL

La multa de la DGT si conduces padeciendo alguna de estas enfermedades: hasta 6.000 euros

Los conductores tienen que renovar el permiso cada cinco o diez años y se exige pasar un reconocimiento médico, que no será favorable si padece enfermedad contraria a la conducción

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Javier BautistaRedacción COPE Málaga

Málaga - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Desde la DGT no se quiere dejar nada a la improvisación. A las nuevas leyes ya en funcionamiento desde el comienzo del año actual, la DGT pone mucho énfasis en las renovaciones del carnet. Hay que tener en cuenta que el riesgo de sufrir un accidente de tráfico se multiplica cuando se sufren enfermedades coronarias, psiquiátricas, neurológicas o incluso con la apnea del sueño, entre otras.

Para conducir con seguridad, debemos estar siempre alerta y hay determinadas dolencias que pueden mermar nuestras condiciones físicas y psicológicas y, en consecuencia, afectan a nuestras aptitudes al volante. Es por ello que la DGT ha puesto el foco sobre enfermedades que dificultan la conducción y son problemáticas a la hora de conducir.

Es más, dese la propia DGT se advierte que, “mientras el paciente se encuentre sintomático, no puede conducir. El dolor y la limitación de los movimientos harán que el médico pueda desaconsejar la conducción. Si se requiere tratamiento quirúrgico, no se podrá conducir hasta la recuperación completa sin síntomas, con autorización e informe del médico especialista”.

ENFERMEDADES

Es decir, un conductor con una dolencia o enfermedad diagnosticada puede resultar muy peligroso en carretera, por lo que si se circula bajo los efectos de fármacos para las referidas molestias, esto puede llegar a suponer sufrir multas que van desde los 200 euros a los 6.000 euros.

Dependiendo de la patología que suframos, pueden reducirnos el periodo de vigencia del permiso cuando vamos a renovarlo. Se puede establecer un límite tiempo para poder conducir (desde el diagnóstico de la enfermedad o la intervención quirúrgica a la que nos hayamos sometido) o directamente prohibirnos ponernos al volante. En estos casos, si obviamos la recomendación y no tenemos la autorización pertinente o está caducada, la DGT puede sancionarnos.

Todos aquellos conductores/as que padecen enfermedades que afectan al sistema motor, sensorial o de coordinación, como el Alzheimer, el Párkinson o la esquizofrenia, cuyos síntomas más frecuentes son las alteraciones de la mente, los temblores o la rigidez muscular, no pueden conducir un vehículo, puesto que así lo determina el vigente Reglamento General de Conductores.

VISIÓN

Casi el 80% de la población en España tiene algún problema visual, según el informe “La Visión en España 2020”. Además, un 30% de los españoles sufre, al menos, dos problemas en su visión y un 14%, tres. Teniendo en cuenta que a través de los ojos los conductores recibimos el 80% de la información durante la conducción, se trata de una cuestión importante. Los principales trastornos son presbicia (42%), miopía (39%), astigmatismo (39%) e hipermetropía (18%). Desde la DGT se tiene muy en cuenta esto, siendo la visión uno de los mayores problemas a la hora de renovar el permiso.

En los reconocimientos mé­dicos para obtener o renovar el permiso de conducir, la prime­ra exploración que se realiza al conductor es la agudeza visual, y en concreto la lejana. Una bue­na agudeza visual permite ob­servar con precisión los estímu­los visuales del entorno vial.

Según la normativa de la DGT, se autoriza a con­ducir con una agu­deza visual binocu­lar de 0,5 (con o sin corrección); no obs­tante, se debe expli­car al conductor que debe conducir con la mejor visión que pueda conseguir, y si logra una visión superior al 0,5 con gafas o lentes de con­tacto, aunque no esté obligado, es imprescindible que las utili­ce. Además, en malas condicio­nes de iluminación (de noche o con poca visibilidad), la agude­za visual se reduce, y es nece­sario contar con una adecuada sensibilidad al contraste (habi­lidad para identificar un objeto y separarlo del fondo en el que se encuentra (señales de tráfico, peatones, vehículos). Cuando la sensibilidad al contraste se altera hay que evitar la conduc­ción del anochecer al amanecer.

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