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Así es la normativa de tenencia de perros que incumplía el dueño de los tres boxer que mataron a un anciano

En la última semana un hombre de 81 años ha fallecido atacado por tres perros en la provincia de Sevilla

Así es la normativa de tenencia de perros que inclumplía el dueño de los tres boxer que mataron a un anciano

Redacción COPE Sevilla

Sevilla - Publicado el

4 min lectura

La tenencia de perros en Andalucía y el cumplimiento de la normativa vigente para poder ser propietario de determinadas razas, en concreto de perros considerados peligrosos ,vuelve a estar sobre la mesa tras la muerte de un hombre de 81 años brutalmente atacado por tres perros bóxer en una parcela de la localidad sevillana de Villaverde del Río.

La Guardia ya identificó y detuvo al propietario de los animales, un hombre al que se le imputa un supuesto delito de homicidio por imprudencia, que es vecino de parcela de la víctima y que no había implantado el correspondiente chip obligatorio a los tres perros.

En este caso se trata de animales de la raza bóxer, que no aparecen como potencialmente peligrosos en el listado elaborado por la Junta de Andalucía y que establece requisitos especiales para los propietarios de este tipo de perros.

Cuáles son los perros potencialmente peligrosos

– Los perros incluidos dentro de una tipología racial que, por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan la capacidad de poner en peligro la vida o la integridad física de las personas, de otros animales o de provocar daños relevantes en los bienes.

– Perros que hayan sido adiestrados para el ataque.

Aquellos perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y hayan sido objeto de, al menos, una denuncia por dicha circunstancia o que hayan protagonizado agresiones a personas o ataques a otros animales. En este supuesto, la potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por el Ayuntamiento de residencia del animal.

En Andalucía las razas que son consideradas como potencialmente peligrosas son, además de sus cruces, las siguientes:

Requisitos para ser propietario de razas peligrosas

Los dueños de los animales considerados potencialmente peligrosis deberán reunir unos requisitos para obtener la licencia municipal de tenencia de estas razas.

Siempre tendrán que contar con la previa obtención de una licencia administrativa, que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia de quien la solicite.

Además también hay que tener en cuenta que cuando se realice una actividad de explotación, cría, comercialización, adiestramiento recogida o residencia con los referidos animales se entenderá como Ayuntamiento competente el del municipio donde se desarrolle ésta.

Para obtener la licencia la persona interesada deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) No haber sido condenada por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

c) No haber sido sancionada en los últimos tres años por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el artículo 13.3 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. No obstante, no será impedimento para la obtención o, en su caso, renovación de la licencia, haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.

d) Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

e) En el caso de que la licencia sea para la tenencia de perros potencialmente peligrosos, la superación de un curso específico sobre adiestramiento básico de perros potencialmente peligrosos, organizado por un Colegio Oficial de Veterinarios, o por Asociación para la Protección de los Animales o Federación o Asociación de Cría y Adiestramiento de perros, debidamente reconocidas, e impartido por adiestradores acreditados.

f) Suscripción de un seguro de responsabilidad civil por daños personales y materiales a terceros, ocasionados por animales potencialmente peligrosos, con una cobertura no inferior a ciento setenta y cinco mil euros (175.000) por siniestro.

La licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos tendrá un período de vigencia de cinco años desde la fecha de expedición, pudiendo ser renovada, a petición de persona interesada, por el órgano municipal competente con carácter previo a su finalización por sucesivos períodos de igual duración. La licencia quedará sin efecto en el momento en que su titular deje de cumplir cualquiera de los requisitos que para su obtención.

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