SEVILLA
A la cárcel por escalar de noche hasta la vivienda de su exnovia y agredirla
Trepó por la fachada de la casa mientras gritaba "abre, abre, ea ya me voy a la cárcel"; y después golpeó a la mujer.
Sevilla - Publicado el - Actualizado
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto dos años de cárcel a un hombre que agredió a su exnovia después de allanar su vivienda, para lo cual llegó a escalar por la fachada mientras gritaba "abre, abre, ea, ya me voy a la cárcel".
El acusado iba a ser enjuiciado por un jurado popular, pero la vista oral no se celebrará tras la conformidad alcanzada entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa del encausado, quien ha sido condenado por un delito de allanamiento de morada en concurso medial con un delito de lesiones.
El Ministerio Público pidió inicialmente cuatro años de prisión para Faustino R.L., así como que indemnizase a la víctima con unos 3.900 euros, pero después modificó sus conclusiones y rebajó la pena de reclusión, al igual que la acusación particular ejercida por la expareja, según ha informado la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En una sentencia fechada el 16 de abril, la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado considera probado por conformidad de las partes que los hechos ocurrieron sobre las 22.00 horas del 30 de mayo de 2017, cuando el acusado se personó en el domicilio de la víctima, con la que había mantenido una relación sentimental durante unos dos años, y la llamó.
La mujer no quiso salir de su casa, así que el condenado escaló por la fachada de la vivienda hasta llegar al balcón mientras gritaba "abre, abre, ea ya me voy a la cárcel".
Una vez en el balcón, fracturó la persiana sacando de su guía la puerta corredera de aluminio y rompió el cristal, tras lo cual, "sin la anuencia" de la víctima, accedió al interior del domicilio.
Una vez allí, y "con ánimo de menoscabar la integridad física" de su exnovia, le propinó un "fuerte" golpe en la frente y le ocasionó distintas lesiones de las que se curó en trece días.
El 31 de mayo de 2017, un juez prohibió al acusado comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la afectada.
Faustino R.L. se ha beneficiado de la atenuante de reparación del daño porque en concepto de responsabilidad civil ya ha abonado 383,01 euros por las lesiones que provocó, 3.377,11 por las secuelas que tiene la mujer y 145,56 por los daños que causó en la vivienda.
La Audiencia también aplica en los dos delitos la atenuante de dilaciones indebidas, mientras que en el de lesiones acepta la agravante de reincidencia porque el Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla, en una sentencia dictada el 27 de noviembre de 2014, ya condenó al procesado a cuatro meses y quince días de multa por un delito de lesiones, si bien sustituyó esa pena por 67 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
La sentencia del Tribunal del Jurado es firme, ya que las partes anunciaron su intención de no recurrirla durante la comparecencia en la que pactaron la conformidad.
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