La Comarca de la Jacetania pone en marcha el Servicio de Atención de Urgencias Sociales
Este servicio está financiado a través del convenio suscrito entre la Comarca de la Jacetania y el Gobierno de Aragón, a través del IASS
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Se trata de una prestación del Área de Acción Social de la Comarca de la Jacetania esencial y gratuita, que consiste en “la gestión de un conjunto de medidas técnicas para paliar de manera urgente y temporal una situación de necesidad social originada por circunstancias sobrevenidas”, según ha explicado el vicepresidente de la Comarca, Álvaro Salesa.
Este servicio está financiado a través del convenio suscrito entre la Comarca de la Jacetania y el Gobierno de Aragón, a través del IASS. Este programa, que se va a ir implantando en todas las comarcas, cuenta con un presupuesto cercano a los 15.000 euros. En la Jacetania, que es de las primeras comarcas en ponerlo en marcha, lo gestionará la empresa Anayet S.L. Se cuenta con un teléfono el 660921098, que estará operativo a partir de la próxima semana, en el que se atenderán las urgencias sociales.
El objeto del Servicio de Atención de Urgencias Sociales es dar cobertura a las necesidades básicas (alimentación, alojamiento, seguridad, traslado) con carácter temporal, movilizar los recursos necesarios para cubrir la necesidad concreta, determinando el profesional o la entidad responsable de atender el caso una vez cubierta la situación de urgencia, generar la documentación necesaria para evaluar la actuación y, en su caso, transmitir la información precisa respecto a la atención prestada para facilitar el seguimiento a la entidad y/o administración correspondiente.
El servicio estará operativo las 24 horas del día, todos los días del año, según ha destacado Daniel Reula, gerente de la empresa Anayet S.L. Las atenciones profesionales y las medidas que proceda adoptar se articulan como un dispositivo de atención inmediata para ofrecer información, facilitar el trámite de los recursos existentes y atender desde una perspectiva integral a las personas que se encuentren en situación de necesidad como consecuencia de una urgencia social.
Las atenciones del Servicio de Atención de Urgencias Sociales cesarán cuando cese la situación de urgencia, cuando se derive a dispositivos específicos de los servicios sociales especializados o cuando desaparezca la situación de necesidad que originó la intervención, pudiendo incorporarse a los mecanismos de intervención ordinaria.
Serán destinatarias del servicio de atención de urgencias las personas o unidades de convivencia a quienes afecte una situación sobrevenida, excepcional o extraordinaria que suponga riesgo para la integridad física, no existan personas de apoyo que pueda ocuparse de la situación, y requiera atención inmediata a juicio del profesional que realiza la valoración.
Entre las situaciones que pueden dar lugar a una urgencia social se consideran las siguientes: Agresiones, malos tratos y otras situaciones análogas de violencia. Abandono de personas sin apoyos ni recursos personales o familiares. Pérdidas repentinas de alojamiento por desalojo, incendio, derrumbamientos o similares. Situaciones de desprotección social relacionadas con falta de autonomía personal, sin apoyo familiar suficiente y/o escasez de recursos económicos. Situaciones que afecten especialmente a personas sin hogar. Situaciones que requieran de atención psicosocial urgente.
Procedimiento de Actuación
La activación del Servicio de Atención de Urgencias Sociales puede requerirse por el Centro de Emergencias 112, por la presidencia de Comarca, alcaldes de municipios comarcales, Protección Civil, Centros de Salud, Policía Local o Cuerpos de Seguridad del Estado, Centros Escolares o servicios especializados.
Activado el requerimiento de atención de urgencia, el profesional de guardia que recibe la llamada, identifica al demandante, escucha la exposición de la situación y realiza la primera valoración.
En el supuesto de valoración de necesidad de presencia física, el profesional de guardia se traslada al lugar donde se produce la urgencia social en el menor tiempo posible, pudiendo recabar la presencia de otros profesionales del Centro de Servicios Sociales.
El profesional atiende a la persona o personas objeto de la urgencia y ofrece información y orientación movilizando los recursos que considera oportunos de respuesta a la urgencia social.
Cuando la situación de urgencia afecte a servicios sociales especializados que cuentan con dispositivos de atención de urgencia, se derivará a los mismos
Cuando existan lesiones, abandono o sospecha de comisión de falta o delito y cuando el profesional lo considere oportuno, la situación de urgencia se pondrá en conocimiento de la Fiscalía, Juzgado o Administración competente.