Todo lo que tienes que saber sobre las nuevas normas de movilidad de Zaragoza para que no te multen

Entra en vigor una nueva ordenanza de movilidad a la que tendrán que adaptarse los conductores, ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos que circulen por la ciudad

EFE

Imagen de archivo de un patinete en la Plaza de España de Zaragoza

Anna Abad

Zaragoza - Publicado el - Actualizado

5 min lectura

      
      
             
      

Este miércoles 11 de septiembre entra en vigor la nueva ordenanza de movilidad de Zaragoza. Unifica y actualiza las normativas vigentes hasta el momento con el fin de favorecer la convivencia entre los diferentes medios de transporte y movilidad personal que han ido surgiendo a lo largo de los últimos años. Todo ello con el objetivo de favorecer la seguridad en las calles de la capital aragonesa tanto para conductores de cualquier tipo de vehículo como para peatones.

seguro obligatorio para ciclistas Y PATINETES

Una de las grandes novedades de esta nueva ordenanza de movilidad es que, a partir de ahora, todos los ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos deberán tener un seguro de responsabilidad civil. Se quiere proteger así, tanto a los usuarios de VMP como a los peatones y a otros conductores ante posibles accidentes en la vía pública. Y es que cada año se producen más de 500 accidentes en los que se ven involucrados bicicletas o patinetes en Zaragoza.

Este tipo de seguros de responsabilidad civil suelen entrar en muchas ocasiones en los seguros del hogar. Si dispones de un seguro del hogar, que habitualmente cubre a todas las personas de un mismo domicilio, es probable que ya tengas este aspecto cubierto y no necesites contratar nada más. Si necesitas contratar este seguro de responsabilidad civil, el precio medio es de 50 ó 60 euros al año. 

El seguro obligatorio ha sido la medida más polémica de esta nueva ordenanza. Los colectivos ciclistas están dispuestos a llevar este asunto a los tribunales porque consideran que desincentiva el uso de la bicicleta sobre todo entre las personas con menos recursos que no podrán permitirse pagar un seguro. 

Los usuarios de la bicicleta municipal BIZI y de los patinetes de alquiler de BOLT no deberán pagar el seguro ya que este va incluido en el servicio ofrecido por las empresas.

Por otra parte, para los usuarios de bicicletas no será obligatorio el uso de casco, excepto para los menores de 16 años que circulen como segundo pasajero, por ejemplo, niños pequeños en una sillita de bici.

      
             
      

patinetes: casco y mayores de 16 años

Para los patinetes, la gran novedad es que no podrán ser usados por menores de 16 años y que todos los usuarios (incluidos los de los patinetes de alquiler) deberán llevar casco de forma obligatoria. La empresa BOLT incluye cascos con el alquiler de sus patinetes.

También será obligatorio que todos los patinetes dispongan de luces y circulen con ellas encendidas a cualquier hora del día.

¿POr dónde pueden circular las bicis y los patinetes?

Las bicis y patinetes no podrán circular por las aceras y zonas peatonales. Aquí se establece la excepción de los niños y niñas. Así, los menores de 12 años sí podrán ir por la acera acompañados de una persona adulta que vaya a pie y sin sobrepasar los 5 kilómetros por hora.

      
             
      

Los patinetes deberán circular por carriles bici y vías ciclistas siempre que se disponga de ellas. Por los carriles bici se puede circular a 25 kilómetros por hora como máximo. También podrán circular en calzadas con más de un carril de circulación si su velocidad está limitada a 30 kilómetros por hora. Deberán hacerlo siempre por el carril derecho de los no reservados a transporte público.

Las bicis tienen más libertad a la hora de circular por la calzada, pero deberán hacerlo por el carril de la derecha, siempre y cuando no sea un carril bus, o por el contiguo a este. En ambos casos deberán circular por el centro del carril.

Además, si se circula por calles de plataforma única compartida con todo tipo de vehiculos, la velocidad máxima será de 20 kilómetros por hora. 

      

NUEVA ZONA DE BAJAS EMISIONES (ZBE)

Una de las grandes novedades en la movilidad de la ciudad de Zaragoza es la llamada "zona de bajas emisiones". Esta ordenanza es diferente a la de movilidad, pero también entra en vigor este miércoles 11 de septiembre. Eso sí, de momento no se va a multar. Durante los primeros seis meses de esta nueva norma, la Policía va a realizar solamente labores informativas, después seguirán otros seis meses de vigilancia pero sin sanciones económicas. Hasta finales de 2025 o principios de 2026 no se comenzará a multar.

De todas formas, sí es obligatorio que tu vehículo cuente con el distinto ambiental que lo cataloga en función de su nivel de emisiones contaminantes. 

La zona de bajas emisiones busca disminuir la contaminación en el centro de las ciudades y por tanto, restringe el acceso a los vehículos más contaminantes a una serie de calles del casco histórico de Zaragoza. En la capital aragonesa se aplica la zona de baja emisiones de lunes a viernes de 8 a 20 horas.

Esta zona a la que no podrán acceder los vehículos más contaminantes contempla un área enmarcada por las calles Paseo Echegaray y Caballero, San Vicente de Paul, el Coso, plaza de España, Conde de Aranda, Calle Mayoral, plaza de Santo Domingo y Calle Ramón Celma. A partir de 2030 esta zona irá ampliandose hasta calles como el paseo de la Constitución o la Plaza Europa.

¿Cuántos niveles de vehículos contaminantes hay?

Por norma general, los vehículos que no podrán circular por estas zonas de bajas emisiones son los matriculados antes de enero de 2001 si son gasolina o antes de 2006 si son diesel. Estos vehículos no pueden disponer de ninguna pegatina ambiental y sin ellas, no es posible acceder a las zonas de bajas emisiones.

El resto de vehículos, sí pueden acceder de momento a estas zonas. Con el paso de los años, las normativas se irán haciendo más restrictivas, pero de momento cualquier vehículo que disponga de etiqueta podrá entrar en estas áreas.

Hay cuatro tipos de vehículos autorizados, cada uno con su etiqueta correspondiente. Los de etiqueta B (la amarilla) son los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde enero 2001 y diésel a partir de 2006. La etiqueta C (la verde) corresponde a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014.

Encontramos también la etiqueta ECO (la verde y azul) para vehículos híbridos enchufables, gas o ambos con autonomía inferior a 40 km, vehículos híbridos no enchufables o propulsados por gas natural, pro gas natural o gas licuado del petróleo. Por último están los vehículos más ecológicos con etiqueta Cero (de color azul) que son los eléctricos o híbridos enchufables con una autonomía mínima de 40 kilómetros.

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