Víctima de violencia vicaria: “Me arrancaron al niño de mis brazos”

La ley no permite que un maltratador tenga la custodia compartida para no tener relación con la madre, pero sí contempla la opción de que se quede con la custodia en exclusiva

Marta LópezAnna Abad

Zaragoza - Publicado el - Actualizado

5 min lectura

      
      
             
      

Elisa, 2 años. Larisa, de 4 años. Ayax, de 5. María e Hiba, de 8; Adam, de 9 y Norma, de 17 años. ¿Sabes qué tienen en común? Son las 8 víctimas mortales de la violencia vicaria en España en este 2024. 

El asesinato de los hijos es la manifestación más cruel de la violencia machista: la que utiliza a los hijos e hijas para hacer el máximo daño posible a la madre, víctima de violencia de género.

Desde que hay registros, en 2013, esta forma de violencia ha acabado con la vida de 61 menores. Pero los maltratadores usan otras formas de hacer daño a sus víctimas a través de los hijos. Esto no acaba el 25-N.

Este miércoles te hemos contado en COPE la historia de una aragonesa que denunció malos tratos por parte de su marido y que después, ha tenido que pasar por el infierno de perder la custodia de su hijo. 

En 2009 puso la primera denuncia por violencia machista. La Policía detuvo al agresor que tenía incluso una escopeta con tres cartuchos preparada. En un primer momento, la custodia fue para la victima pero cuando decidió abandonar su lugar de residencia con su hijo para empezar una nueva vida en otra ciudad comenzaron los problemas.

“A pesar de que mi abogada consiguió un acuerdo en el que me dejaban salir de la ciudad en la que vivía pero parece ser que no se pasó por el juzgado”, relata. El padre solicitó medidas urgentes y le dijeron que si no volvía, le podían quitar a su hijo. “Creía que no era posible pero me arrancaron el niño de mis brazos”, lamenta.

      
             
      

El menor pasó a manos de un padre denunciado por malos tratos. Se establece un régimen de visitas con su madre que cada vez encuentra al niño en peor estado. “Es un auténtico calvario, cada que vez que volvía lo hacía en unas condiciones higiénicas deplorables, con síntomas de desnutrición”, explica.

La situación era tal que cuando regresaba con su madre tenían que ir al centro de salud para que le pusieran un enema al menor, que llevaba 14 días sin poder evacuar. “Tenía crisis de ansiedad constante y situaciones de un calibre descomunal”, explica esta madre.

La Audiencia Provincial de Zaragoza le dio la razón y recuperó la custodia de su hijo en 2020. Pero su maltratador inició un segundo proceso judicial. Testigos y 80 folios e informes médicos no evitaron que le arrebataran la custodia de nuevo. “Me retiraron la guardia y custodia y se la dan a él, me dejaban verle en un punto de encuentro familiar, cada 15 días y bajo vigilancia”, rememora.

      
             
      

En 2021, el juicio definitivo le da la custodia al padre en exclusiva amparándose en un articulo del código foral aragonés en el que prevalece el entorno y arraigo del menor. “Sigo siendo víctima de esta violencia sin razón, se les llena la boca con el interés superior de menor cuando no han querido siquiera evaluar el entorno en el que se encuentra la criatura”, asegura.

Desde hace un año, ya ni siquiera puede ver a su hijo en los puntos de encuentro. La victima denuncia que su hijo sufre presiones y amenazas por parte de su progenitor.

​¿QUÉ DICE LA LEY?

¿Cómo es posible que pase esto? Pues porque la ley lo permite. En COPE Zaragoza hemos hablado con Altamira Gonzalo, portavoz de la Asociación de mujeres juristas Themis. Nos ha explicado que el Código Civil y el Derecho Foral han heredado leyes del Derecho Romano, que es “básicamente patriarcal”.

      

De hecho, “se imposibilita la custodia compartida para que los dos progenitores no tengan relación entre sí, pero se permite la custodia individual a favor del maltratador porque se considera que un padre que ha maltratado a la madre, incluso en presencia de su hijo, puede ser un buen padre, lo cual atenta contra el sentido común y tiene consecuencias muy negativas”, señala esta jurista.

En el caso de esta víctima, Gonzalo tiene claro que la justicia la ha “maltratado”. “Esta castigando a la mujer que ha decidido cambiarse de ciudad para iniciar una nueva vida”, apunta.

De hecho, la madre víctima de violencia no puede cambiar de domicilio sin el conocimiento del otro progenitor, lo cual “limita su posibilidad de empezar de nuevo vida sin miedo”. Es una contradicción “consecuencia de una legislación obsoleta”.

“Lo peor es que esto permea la mentalidad de quienes tienen que aplicar las leyes, por más que se nos llena la boca con el 'interés superior del menor' no se ha atendido a esto sino al derecho del padre a tener consigo al hijo y castigar a la madre que ha sido desobediente y se ha ido a otra ciudad”, afirman desde Themis.

La última reforma legal de 2021 dice que cuando hay un procedimiento judicial por malos tratos en marcha, debe suspenderse el régimen de visitas “salvo que el juez considera que debe mantenerse por el bien superior del menor”. La realidad es que, lo que debería ser la excepción, se ha convertido en la regla. Según los datos del Consejo General del poder Judicial, en 2022 y 2023 sólo se suspendieron estas visitas en el 12 y el 13 por ciento de los casos, respectivamente.

ASESORARSE ANTES DE DENUNCIAR

Desde Themis y desde las asociaciones de supervivientes de violencia de género recomiendan siempre asesorarse bien y no acudir sola a poner la denuncia.

Altamira Gonzalo recuerda que en ese momento hay que denunciar “todos los hechos”. Y es que tienen constatado que muchas mujeres, cuando por fin se deciden a dar el paso de romper con su maltratador, denuncian el último hecho sufrido “que quizás no es el más grave, aunque haya sido la gota que haya colmado el vaso”.

Por eso, instan a poner en conocimiento de la Policía y la Justicia por escrito “todos los maltratos sufridos”, ya que eso será lo que desencadene la maquinaria de protección. Una vez formalizada la denuncia, la Justicia puede decretar, en un plazo de 72 horas y tras valorar el riesgo, una orden de alejamiento. También podría decretar retirar la custodia de los hijos al padre si lo considera oportuno, así como el uso del domicilio o el pago de una pensión.

Las mujeres deben emprender el camino del juzgado sabiendo lo que va ocurrir porque sino luego vienen las retractaciones de denuncias, ya que se ven sometidas a muchas presiones, incluso por parte de la familia”, señala.

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