TRIBUNALES
Un juez exonera a un matrimonio de Las Palmas de Gran Canaria de pagar una deuda de 57.000 €
La deuda fue contraída al solicitar varios préstamos personales para gastos necesarios, como un vehículo
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Un matrimonio de Las Palmas de Gran Canaria ha quedado libre del pago de una deuda de 57.000 euros, contraída al solicitar varios préstamos personales para gastos necesarios, como un vehículo, en virtud de la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad por parte del magistrado del Juzgado de Primera Instancia Número 14 de la ciudad, Cosme López.
Así lo ha anunciado en un comunicado la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, representada por Rubén Palomino, quien, pese a que contra este auto cabe interponer recurso de reposición, ha afirmado que "permite empezar de cero" a sus representados.
Los abogados de esta asociación destacan que "gracias a la Ley de Segunda estos protagonistas han salido de una situación delicada, provocada por la inestabilidad laboral que vivimos".
Han explicado que uno de los cónyuges contaba con un empleo estable e indefinido, pero el otro trabajaba temporalmente, hasta 2015 de manera constante prácticamente, lo que les permitió solicitar algunos préstamos personales para gastos necesarios, como el vehículo del que disponen.
El problema llegó cuando el segundo de ellos quedó sin empleo, situación que se prolongó por tres años, período durante el cual percibió una prestación por desempleo "cuya cuantía era considerablemente menor a lo habitual".
Esto obligó al matrimonio a dar prioridad al mantenimiento de sus dos hijas y a los gastos necesarios para el día a día, para lo que incurrió en "pequeños impagos de forma regular".
Esta dinámica, explica la asociación, "no hacía más que aumentar la cuantía a deber, dado que los préstamos no pagados siguen devengando intereses y la totalidad de la deuda subió hasta los 57.000 euros".
En 2019, "ante el constante acoso y reclamaciones de acreedores decidieron ponerle solución acudiendo a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento", cuyos abogados les aconsejaron que se declarasen insolventes y se acogieran a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Hasta llegar a ver cancelada toda su deuda, este matrimonio logró en primer lugar que se suspendiera toda obligación de pago a acreedores y se paralizara cualquier ejecución de embargo, lo que les generó un alivio, debido a que se les permitía ahorrar mes a mes, ha detallado el letrado Pepe Domínguez.
"Informada la insolvencia de los deudores en los Juzgados de Las Palmas de Gran Canaria, se procede a las conversaciones con los acreedores, a los cuales presentamos una propuesta de acuerdo ante notario que no llegó a buen puerto debido a la negativa de los acreedores", ha referido.
El abogado destaca que el "fracaso en este primer intento de convenio se convirtió en una buena noticia para los interesados, ya que se procedía al segundo de los posibles fines del procedimiento: solicitar la exoneración del 100 % de la deuda, lo que aceptó el Juzgado de Primera Instancia Número 14 de Las Palmas de Gran Canaria, que dio la ansiada segunda oportunidad que esperaba este matrimonio".
Domínguez recalca que "no todo el mundo puede acceder a este procedimiento, ya que, para ello el juez debe comprobar unos requisitos que son: la insolvencia del interesado, una deuda no superior a cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos".
Esta resolución judicial, dictada el pasado 2 de junio y por la que se concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho ha supuesto dejar a estos deudores "libres de pagar 56.448,49 euros y, además, mantener su vehículo en propiedad", asegura.
"Desde entonces, los acreedores del asociado -entre otros Caixabank, EOS Spain, Bankinter o Bankia- no podrán reclamar ningún pago más al ya exdeudor ni incluirlo en ficheros de morosos", subraya el abogado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, quien ha asegurado que esta entidad ha conseguido que se perdonen deudas por 450.000 euros en Canarias durante este año en virtud de sentencias que se pueden consultar en su página web.