SUCESOS

El caso Romina se mantiene paralizado por la huelga de letrados

La causa está paralizada, impidiendo que continúe la tramitación por parte de la Audiencia Provincial

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

5 min lectura

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canaria (TSJC) ha indicado, en relación a la vista de apelación del auto de cuestiones previas del denominado 'caso Romina', que mientras persista la huelga de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) de la Sala, la causa está "paralizada, impidiendo que continúe la tramitación por parte de la Audiencia Provincial".

En un comunicado del TSJC, se explica que la Sala de lo Penal recibió de la Audiencia Provincial de Las Palmas la apelación del auto de cuestiones previas el 12 de enero de 2023, fecha en la que se incoa el procedimiento y se abrió el plazo de personación de las partes.

Posteriormente, tras personarse todas las partes dentro del plazo legal, la LAJ de la Sala, Isabel Morales, puso en conocimiento del presidente el 26 de enero que se podría señalar a pesar de estar ella de huelga, ya que había solicitado permiso de asuntos propios hasta el martes 7 de febrero "y quien la sustituía no estaba en huelga, todo ello a fin de evitar dilaciones y en atención al caso y materia (violencia sobre la mujer)".

Añade que, aunque sea un hecho notorio por la trascendencia y repercusión mediática, el encausado había sido puesto en libertad al sobrepasarse el límite máximo de la prisión provisional, por lo que la "causa no estaba comprendida en la resolución del secretario general del Ministerio de Justicia de fecha 19 de enero de 2023".

Así, recoge el escrito del TSJC, el 27 de enero el LAJ sustituto, Francisco Rodríguez Morilla, dicta diligencia de ordenación señalando la vista de apelación para el día 31 de enero de 2023, a las 11.30 horas, día en el que el presidente tenía concedida comisión de servicios, por lo que el mismo LAJ por diligencia de esa fecha solicita a la Secretaría de Gobierno la designación de un magistrado para completar Sala, "lo que se cumplimenta inmediatamente, quedando establecida una nueva configuración de la Sala bajo la presidencia del magistrado Antonio Doreste como magistrado más antiguo, según las normas aprobadas por Sala de Gobierno".

Añade que estas diligencias fueron notificadas al Ministerio Fiscal y a las partes, solicitando dos de ellas intervenir por conexión telemática, a lo que se accedió mediante providencia de fecha 27 de enero. Sin embargo, el 28 de enero, la titular LAJ de la Sala comunica por un whsatsapp al presidente y a los magistrados de la Sala que, por motivos personales, "iba a proceder a la anulación del permiso por asuntos propios que había solicitado y que, por tanto, el martes iba a estar de huelga".

Por su parte, el LAJ por sustitución en servicios mínimos, Francisco José Rodríguez Morillas, expone por diligencia de ordenación de 31 de enero que hace constar y pone "en conocimiento de todas las partes que en este Tribunal sólo se llevará a cabo durante el día de hoy los servicios mínimos establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias, al estar el LAJ titular de este órgano ejerciendo su legítimo derecho de huelga".

Agrega que de conformidad con la resolución del secretario general de la Administración de Justicia, por la que se fijan servicios mínimos para la huelga convocada a partir del 24 de enero de 2023, por la que se considerarán servicios esenciales "exclusivamente los juicios orales del orden penal o cualquier acto o comparecencia en causas con preso o presa, con el fin de no demorar la resolución de situaciones de privación de libertad, hago constar que este letrado, además de no intervenir en la vista señalada para el día, tampoco garantizará la autenticidad e integridad" de los grabado o reproducido en ese acto con "todos" los perjuicios que esto pueda comportar a las partes de acuerdo con lo establecido en el artículo 228 de la LEC y el artículo 241 de la LOPJ.

La diligencia fue notificada a las partes pero "ni la diligencia ni su notificación se hallan dentro del ámbito de los servicios mínimos que establece la citada resolución del secretario general de la Administración de Justicia".

Por ello, el día del señalamiento, el 31 de enero, a las 11.30 horas, el magistrado Antonio Doreste, como presidente en funciones de la Sala, hizo saber a las partes y al Ministerio Fiscal que la LAJ titular estaba de huelga y que la celebración de la vista no se encontraba dentro de los servicios mínimos.

Ante ello, tanto el Ministerio Fiscal como las partes personadas, solicitaron que se celebrara la vista y "expresaron que en modo alguno afectaba a sus derechos procesales, por lo que no iban a plantear incidente de nulidad de actuaciones". Es por esto que el presidente en funciones resolvió celebrar la vista, que quedó grabada en el sistema Arconte-Áurea aunque "no consta la certificación de LAJ en virtud de la cual se entiende incorporada" al sistema de gestión procesal.

Así, el 31 de enero, la Sala resolvió mediante auto el recurso de apelación y su decisión, cuya ponencia correspondió a la magistrada Carla Bellini, "resolución que consta en el sistema de gestión procesal sin que hasta la fecha haya sido notificada", y mediante escrito de 1 de febrero el procurador de la acusación particular al no poder descargar la grabación de la vista insta al LAJ, después de referirse a la situación de huelga y a la diligencia de ordenación de la víspera, a que les "ponga de manifiesto si esta es la causa real" que impide el acceso a la descarga intentada, o es solo una cuestión técnica-informática, solucionable por parte del técnico que corresponda.

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