MOVILIDAD

La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible prioriza el peatón y las nuevas modalidades de movilidad

La Concejalía de Movilidad ha cerrado el proceso participativo tras recoger las aportaciones ciudadanas y de los distintos sectores

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José Eduardo Ramírez, concejal de Movilidad del Ayuntamiento de LPGC

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

5 min lectura

El concejal de Movilidad y Ciudad de Mar del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, ha asegurado en La mañana de COPE Gran Canaria que las propuestas ha salido adelante después de reunirse con más de 415 aportaciones después de dos procesos selectivos y donde se ha priorizado “el peatón.”

Ramírez reconocía que ya la ordenanza anterior hablaba muy poco de los peatones recordando que su denominación formal era “ordenanza de tráfico,” además remarca que” esta norma cuenta con varias propuestas novedosas con respecto a la anterior, y la primera es que pasa a ser una Ordenanza de Movilidad Sostenible, ya que el protagonismo en la vía pública se desplaza hacia el peatón, las bicicletas, los VMP, el transporte público y los vehículos no contaminantes”

José Eduardo Ramírez: “El objetivo de este reglamento es reordenar el espacio público para fomentar la convivencia de todos los medios de transporte, priorizando los modos sostenibles y la intermodalidad, y protegiendo a los usuarios más vulnerables, mejorando el medio ambiente urbano y la salud y la seguridad de toda la ciudadanía”

La Ordenanza de Movilidad Sostenible fue sujeta a un proceso de participación pública entre los meses de octubre de 2019 y julio de 2020, durante los cuales se recogieron 371 propuestas de las que se asumieron totalmente el 63% y de forma parcial el 11%. A continuación, se abrió un nuevo procedimiento durante los meses de julio y agosto de 2020 para que los ciudadanos pudieran hacer aportaciones sobre la base de este documento.

Los temas que recibieron un mayor número de propuestas han sido los referidos a los vehículos de movilidad personal (VMP), que suman un 15,9% de todas las aportaciones ciudadanas, las bicicletas (12,53%), la convivencia vial (8,19%), los vados y las zonas de carga y descarga (6,27%) y las zonas 30 (6%).

Además, la Concejalía de Movilidad mantuvo varios encuentros con representantes de diversas asociaciones, grupos de interés y sectores implicados en esta materia con el objetivo de mantenerles informados de los procesos de la Ordenanza y recoger sus propuestas en la norma, siendo el documento definitivo fruto de la reflexión colectiva y el trabajo de la ciudadanía y del propio Ayuntamiento.

Así, la Ordenanza de Movilidad Sostenible establece una nueva ordenación de las zonas de convivencia vial, identificando nuevos espacios dentro del entorno urbano –zonas 30, de tráfico calmado, de convivencia modal, de prioridad peatonal, o calles residenciales–. El texto también posibilita la implantación de Zonas de Bajas Emisiones y determina las normas de uso de estos espacios compartidos.

El nuevo reglamento otorga un protagonismo predominante al peatón, facilitando su desplazamiento en el viario frente al resto de modos y dotándole de mayor protección y seguridad –recogiendo además las nuevas limitaciones de velocidad, estableciendo, con carácter general, la velocidad máxima a 50 km/h para las vías urbanas de dos o más carriles por sentido de circulación, y de 30 km/h en las vías de único carril por sentido–. Asimismo, se facilita la consolidación de una red de itinerarios peatonales en la ciudad, además de fomentar la implementación de nuevas estrategias como los Caminos Escolares Seguros y las zonas de exclusividad peatonal.

Las personas con movilidad reducida (PMR) tendrán máxima preferencia en la ciudad: la nueva Ordenanza recoge la especial protección y facilidades que, desde el punto de vista de la movilidad, se proporcionará a este colectivo.

Así, se incluyen normas orientadas a facilitar su desplazamiento por la ciudad y asegurar las condiciones de seguridad vial en aquellos espacios urbanos que compartan con los otros modos.

El texto establece también un impulso a la movilidad ciclista, posicionando la bicicleta como un modo de desplazamiento prioritario dentro del sistema, introduciendo facilidades necesarias, criterios de seguridad, y actualizando y modernizando los aspectos normativos a través de una regulación exhaustiva. Asimismo, se incluyen aspectos dirigidos a promocionar los servicios de alquiler de bicicletas existentes e incrementar las reservas de espacios de aparcamientos para estos vehículos.

Del mismo modo, la norma introduce regulación relativa a los nuevos vehículos de movilidad personal (VMP), incluyendo aspectos orientados a promover su correcta utilización y proporcionar seguridad vial para todos los usuarios del espacio público, contemplando los elementos necesarios para fomentar la implantación de los servicios de alquiler compartido y de uso particular y proponiendo su equiparación a la bicicleta en el uso del espacio público.

Por otro lado, la Ordenanza mejora la regulación relativa a favorecer la circulación de los vehículos de transporte público colectivo y facilitar su utilización por parte de los usuarios. Se promociona su uso priorizando –a través de distintas medidas, como los carriles bus– su circulación frente a la del vehículo privado e introduciendo elementos que favorezcan la intermodalidad.

La norma recoge asimismo la introducción de nuevos modos de transporte público colectivo como la Metroguagua o las guaguas de alta capacidad, regulando aquellos aspectos orientados a garantizar la seguridad de los usuarios y armonizar la convivencia de este vehículo con el resto de los modos. También contempla elementos como la segregación de los carriles y su uso exclusivo, o la prioridad semafórica.

La nueva Ordenanza también regula determinados aspectos relativos a la circulación y el estacionamiento en la ciudad de las motocicletas y ciclomotores, como la extensión de las zonas avanzadas para motos (ZAM), y la determinación de los elementos necesarios para implantar servicios de alquiler compartido de este tipo de vehículos.

El reglamento incluye asimismo una regulación que favorece la correcta instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en la vía pública y su correspondiente gestión, así como aspectos relativos al establecimiento de reservas de estacionamiento para promover su uso en la ciudad.

También se introducen en el nuevo texto novedades en la regulación del régimen de parada y estacionamiento de uso general, introduciendo nuevas limitaciones de uso del espacio público al objeto de garantizar la coexistencia de los diferentes modos y la promoción de lo más sostenible, recogiendo nuevos elementos como los ‘besa y baja’.

Además, se actualiza la regulación de las zonas de carga y descarga, permitiendo este uso en determinadas zonas de estacionamiento regulado y en paradas de taxi, adecuadamente señalizada y en tramos horarios concretos.

Por último, se incluye una actualización de las infracciones y sanciones en materia vial, de conformidad con la nueva regulación, introduciendo una simplificación de la misma para que sea más accesible, facilitando su aplicación y comprensión y proporcionando mayor seguridad jurídica a la ciudadanía.

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