ECONOMÍA
El gas no se implantará en Canarias para su comercialización
Las islas tendrán la competencia para su planificación
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece el mecanismo para limitar el precio del gas para la generación eléctrica, y cuya Disposición adicional cuarta deja claro que Canarias tendrá la competencia para la planificación del gas en las Islas y, por tanto, garantiza que el gas no se implantará en el Archipiélago para su comercialización.
Así lo ha informado el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, que ha destacado que con el tope al precio del gas en España se da un "paso importantísimo" para rebajar el coste de la energía a las familias y a las empresas y añadió que se trata de una medida "más que necesaria que supondrá un alivio".
El presidente canario también ha resaltado la modificación realizada sobre el Real Decreto Ley de medidas por la invasión de Ucrania. Así, en la Disposición adicional cuarta del RD publicado hoy en el BOE se aclara que Canarias tendrá la competencia para la planificación del gas. Y, como no está contemplado, no se comercializará con gas en las Islas, confirmó Torres.
Ángel Víctor Torres ha incidido en que con esa modificación se resuelven las dudas y se cumple el compromiso adquirido; compromiso que avanzó ya a principios de abril, cuando explicó que la estrategia energética de ambos gobiernos para las Islas era la misma y no recogía la comercialización del gas.
El nuevo mecanismo recogido en el RD limita el precio del gas para la generación eléctrica a una media de 48,8 euros por megavatio/hora (MWh) durante un periodo de doce meses, cubriendo así el próximo invierno, periodo en el que los precios de la energía son más caros.
El consejero canario de Transición Ecológica, José Antonio Valbuena, ha señalado que desde el Gobierno de Canarias solicitaron una modificación al texto por considerar que en la planificación energética de las Islas no estaba contemplada ninguna forma de mercado gasista y aclaró que para los usos que se puedan dar en el Archipiélago "en ningún momento se vendería gas natural en estado gaseoso, ya que podría dar la sensación que dicha disposición final cuarta se imponía a la planificación elaborada en Canarias, lo que generaba cierta inseguridad".
En este sentido, Valbuena explicó que las centrales térmicas funcionan en régimen de autoconsumo y no precisan de autorización administrativa, ya que la propia central transforma el gas suministrado en estado líquido al estado gaseoso para alimentar los grupos que generan la electricidad.
Desde el Gobierno de Canarias se consideraba necesaria una modificación del texto, ya que con la redacción inicial se podía interpretar que no se contemplaban las competencias de Canarias a la hora de diseñar su transición energética.
"Con la nueva redacción queda claro que en todo momento se debe tener en cuenta el marco competencial de ambas administraciones, la estatal y la canaria, y, por lo tanto, ya no existe riesgo alguno de que se implante una regasificadora que abra la puerta a alguna forma de mercado gasista sin el visto bueno del Ejecutivo regional, que debe tenerlo contemplado, en su planificación", apuntó el consejero, que recordó que como en la planificación elaborada por la Comunidad Autónoma "no se contempla esa posibilidad y queda claro que no se podrá desarrollar la disposición final cuarta, mientras no se modifique la planificación energética de Canarias".
Con esta modificación, destacó, se elimina cualquier tipo de duda o incógnita que pudiera surgir sobre una posible modificación de los planes de transición energética que el Gobierno de Canarias ha trazado.