Sanidad

Canarias permite la entrada de nacionales menores de 12 años sin test negativo

El resto de viajeros deberá presentar el resultado de la prueba o el certificado de vacunación

AEROPUERTOS COVID

Redacción COPE Tenerife

Tenerife - Publicado el - Actualizado

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La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias modifica ha modificado la orden de 10 de abril de 2021, por la que se excluye de la realización de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros menores de 12 años que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el coronavirus.

Para el resto de población mayor de 12 años (o con 12 años cumplidos), continúa vigente la normativa que obliga a someterse a la realización de una PDIA para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a Canarias.

Desde su implantación, el 18 de diciembre de 2020, el cribado mediante PDIA a los pasajeros que entran a Canarias desde el territorio nacional ha sido "una medida efectiva para el control de la pandemia", según Sanidad, con un 94 % de viajeros que han aportado una prueba negativa en el último mes, "lo que minimiza el riesgo de importación de nuevos casos y, por tanto, de provocar un incremento de la transmisión de la covid-19 en Canarias".

La Consejería precisa que siguen excluidos de presentar una prueba de detección negativa para entrar en Canarias las personas que hagan escala en el archipiélago y cuyo destino final sea otro país u otro lugar del territorio nacional.

También lo están quienes acrediten haber estado fuera de las islas por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia, las personas vacunadas contra la covid-19 con la pauta completa dentro de los ocho meses previos al desplazamiento, o bien con una dosis con más de 15 días de antelación y dentro de los cuatro meses previos al desplazamiento.

Además, siguen exentas las personas que hayan pasado la enfermedad con menos de seis meses de antelación a la fecha del desplazamiento y las que acrediten una reserva en un establecimiento turístico de alojamiento inscrito en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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