El Ayuntamiento de Ciudad Real es condenado a pagar 100.000 euros a una familia por ruidos
La concejala de sostenibilidad, Mariana Boadella, ha asegurado que "con la actual ordenanza de ruidos esto no volverá a pasar"
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha condenado al Ayuntamiento de Ciudad Real a indemnizar a una familia con más de 100.000 euros por los ruidos que les viene ocasionando desde 1987 un local de copas que se encuentra ubicado bajo su vivienda, en la zona del Torreón de la capital.
La sentencia del TSJCM ha dado firmeza a una sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso/Administrativo Nº 2 de Ciudad Real que condenaba al Ayuntamiento de Ciudad Real a adoptar las medidas necesarias para evitar la transmisión de ruido a la vivienda desde los locales de ocio nocturno situados en la zona del Torreón, que llevaban generando molestias desde hace más de 30 años.
Según la sentencia, el Tribunal entiende que las medidas que deben ser adoptadas es algo que se debe dejar en manos de la propia Administración, recordándole que no sólo se pueden referir a las medidas de ejecución de las ordenanzas vigentes.
Además, le insiste en que estas medidas pueden consistir en la innovación de las existentes para garantizar un mayor nivel de protección si es que, como dice el técnico que declaró, las actuales limitan la posibilidad de una protección más enérgica, y le recuerda, igualmente, que tiene la obligación "ineludible" de poner término a las molestias reiteradas que sufren los demandantes.
Para ello, le señala que puede adoptar medidas extraordinarias en la configuración de la licencia, su revisión, la determinación de nuevas respuestas en las ordenanzas, el incremento de la vigilancia policial en la zona, la elaboración de planes o cualquier otra que considere oportuna, pero con el requisito tecnológico de cara a que alcance los efectos protectores exigidos por la normativa.
Asimismo, el Juzgado condena al ayuntamiento a indemnizar a la familia en la cantidad de 30.000 euros como reparación moral del daño sufrido.
El TSJCM ha estimado el recurso de los afectados y desestimado el del ayuntamiento, aumentando la cantidad indemnizatoria hasta los 100.000 euros más los intereses desde la interposición del recurso en enero de 2017, que suman otros 15.000 euros hasta la fecha.
La sentencia también considera que la inactividad que el ayuntamiento ha mantenido en este tiempo, ha ocasionado una situación real de tolerancia de la contaminación acústica, por lo que, ahora, deberá de indemnizar a esta familia.
CON LA NUEVA ORDENANZA DE RUIDO, ESTO NO SE REPETIRÁ
Sobre esta sentencia, la portavoz del Ayuntamiento, Mariana Boadella, ha confirmado que se indemnizará a la familia y asegura que con la ordenanza de ruidos "actualizada y en vigor desde hace un año", el Ayuntamiento ya "dispone de las herramientas para que no vuelva a ocurrir lo mismo y para garantizar la salud de los vecinos en relación a los ruidos".
La también concejala de Sostenibilidad recuerda que la nueva ordenanza contempla el cierre de locales cuando producen molestias por generar ruidos.