30 localidades de Ciudad Real declaradas comarca de emergencia cinegética por los daños del conejo de monte
Un documento que permite la adopción de medidas de control en terrenos cinegéticos y no cinegéticos en los que existan daños significativos causados por conejo en los cultivos
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado hoy la resolución por la se declara de nuevo la comarca de emergencia cinegética temporal por daños causados por los conejos en 292 municipios de Castilla-La Mancha. Esta declaración autoriza el control extraordinario de conejo de monte por daños de esta especie a cultivos agrícolas.
La Resolución de Comarca de Emergencia Cinegética Temporal por daños causados por el conejo contempla el control de esta especie en municipios de la región en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo. El año pasado, se declaró la comarca de emergencia cinegética en 279 poblaciones.
En Ciudad Real, los municipios contemplados en dicha Comarca de Emergencia Cinegética Temporal son Alcazar de San Juan, Alhambra, Almagro, Arenales de San Gregorio, Arenas de San Juan, Argamasilla de Alba, Bolaños de Calatrava, Campo de Criptana, Carrión de Calatrava, Ciudad Real, Daimiel, Fernán Caballero, Herencia, La Solana, Las Labores, Llanos del Caudillo, Manzanares, Membrilla, Miguelturra, Pedro Muñoz, Poblete, Pozuelo de Calatrava, Puerto Lápice, San Carlos del Valle, Socuéllamos, Tomelloso, Torralba de Calatrava, Valdepeñas, Villarrubia de los Ojos y Villarta de San Juan.
El director general de Medio Natural y Biodiversidad, Félix Romero, ha señalado que con este documento se permite la adopción de medidas de control en terrenos cinegéticos y no cinegéticos en los que existan daños significativos causados por conejo en los cultivos.
"El control de conejos que incluye esta norma queda limitado a aquellas superficies agrícolas en las que exista una sobrepoblación y daños importantes a las explotaciones agrícolas causados por esta especie cinegética", ha recalcado Romero.
La nueva resolución establece también los periodos de control. De este modo, en terrenos cinegéticos se permite la captura del conejo de monte mediante hurón y capillo o redes y sin perro hasta el 8 de febrero de 2024. Por otro lado, se autoriza la captura mediante hurón y escopeta desde el 7 de febrero hasta el 30 de abril 2023 y del 1 de junio al 15 de agosto, sin perro, en zonas de alta concentración de madrigueras.
La autorización para el uso de perros será a partir del 1 de agosto. En lo que respecta al periodo hábil de caza del conejo, se permite el uso de perros de captura con escopeta del 1 de junio al 15 de agosto de 2023.
Por su parte, en terrenos no cinegéticos, como parcelas agrícolas fuera de terreno cinegético o zonas de seguridad viarias o dominio público hidráulico, se autoriza la captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 8 de febrero de 2024.
Asimismo, se establece una limitación al control de zorros en 55 municipios del total de la comarca. Una medida destinada a apoyar el control biológico del conejo y la conservación de la biodiversidad.
Los municipios de la provincia donde se establece esta limitación al control de zorros son Alcázar de San Juan, Alhambra, Argamasilla de Alba, Campo de Criptana, Socuéllamos y Tomelloso.