Medidas especiales en Socuéllamos por incidencia 500% superior a la regional

En la última semana se han detectado en la localidad 3 brotes con 53 positivos

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha establecido medidas especiales nivel 3 en Socuéllamos (Ciudad Real) encaminadas a frenar la expansión de la COVID-19 en esta localidad, ya que presenta una incidencia de 500 por ciento superior a la regional.

En un comunicado de prensa, la Consejería de Sanidad ha detallado que la incidencia en la semana 11, es decir, del 15 al 21 de marzo, es igual a 264,9 casos por cada 100.000 habitantes, mientras que la razón de tasas de incidencia entre las semanas 11 y 10 es de 4,00 lo que supone una tasa cuatro veces mayor de una semana a otra.

Asimismo, ha detallado que la Razón Estandarizada de Incidencia en la semana 11 es de 621,1 por ciento, lo que supone una incidencia de 500% superior a la regional.

Por todo ello, la Dirección General de Salud Pública ha acordado aplicar medidas de nivel 3 en el municipio de Socuéllamos por un periodo de diez días y ha alertado de que se mantendrá una estrecha vigilancia de los indicadores epidemiológicos ante la posibilidad de que, si no se observa una mejoría sensible, hubiera que reforzar las medidas establecidas, "cuyo cumplimiento se supervisará estrictamente".

Cabe recordar que en las últimas horas la Delegación Provincial de Sanidad daba a conocer al Ayuntamiento de Socuéllamos la deteción de tres brotes de COVID-19 en dicha localidad y un total de 53 casos positivos.

MEDIDAS NIVEL 3

Entre las medidas especial de nivel 3 destacan:

- Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos

- Supresión del servicio y el uso para el consumo de la barra en todos los bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, donde se reducirá a un tercio del máximo que tuvieran establecido en el interior, y al 50% en el exterior

- La limitación a 30 personas en espacio abierto para celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros similares en locales de hostelería y restauración; el cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

- La suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y con discapacidad y de Servicios de Estancias Diurnas y suspensión de visitas sociales en residencias de mayores.

- Velatorios y comitivas fúnebres con un máximo de 6 personas, y eventos sociales, como bodas y bautizos, limitación de la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 % de aforo.

- Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

- Eventos deportivos: las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.

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