Para "Automovilistas Europeos Asociados", reducir la velocidad a 90 km/h no disminuirá el número de víctimas
Madrid - Publicado el - Actualizado
1 min lectura
Desde hoy los conductores españoles tendrán que levantar el pie del acelerador en las carreteras convencionales. El Gobierno ha modificado el Reglamento General de circulación con el objetivo de fijar la velocidad máxima para turismos y motocicletas en estas vías en 90 kilómetros por hora.
Por ese motivo, invitamos al presidente de "Automovilistas Europeos Asociados", Mario Arnaldo que nos explica que este cambio normativo no va a suponer una reducción de la siniestralidad; "Es cierto que casi el 80% de las víctimas en accidentes de tráfico se producen en estas carreteras convencionales, pero no a causa del exceso de velocidad sino por colisiones frontales al realizar adelantamientos y esto es motivado sobre todo por el mal estado de las vías, además según los propios datos del Ministerio de Fomento, en el año 2015, la velocidad a la que circularon los españoles en la red de carreteras convencionales fue 78,72 km/h y en 2016, 75,82 km/h. Y, sin embargo, la cifra de muertos aumentó pese a la menor velocidad: 216 en 2015 frente a 234 en 2016".
Arnaldo nos recuerda que esta modificación supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos hasta ahora (90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable). Con este cambio normativo también se uniformiza la velocidad de los camiones en carreteras secundarias a 80 km/h. En el caso de los autobuses, la limitación genérica de velocidad será de 90 km/h. Excepto en los vehículos que realicen transporte escolar y de menores o que transporten mercancías peligrosas, que reducirá la velocidad en 10km/h.
Escucha la entrevista....