El Juzgado desestima la suspensión el desahucio que solicitaban exclarisas de Belorado (Burgos)

Las exreligiosas pedían suspender el desahucio del convento hasta que se resolviera su demanda contra el Comisario Pontificio

EFE

La exabadesa de Belorado, Laura García de Viedma

Redacción COPE Burgos

Burgos - Publicado el

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Las exreligiosas del Monasterio de Belorado han recibido un nuevo revés judicial. El Juzgado de Briviesca ha rechazado su petición de suspender el desahucio del convento hasta que se resolviera su demanda contra el Comisario Pontificio. En otras palabras, el proceso de desalojo sigue adelante.

El mismo auto judicial también ha rechazado cualquier vinculación entre la demanda de desahucio y la interpuesta por las exmonjas contra el Comisario Pontificio, lo que significa que ambos procesos se tramitan por separado sin interferencias.

Además, en otro auto fechado el 21 de febrero de 2025, el juzgado ha indicado que no puede entrar a valorar el nombramiento de Mons. Mario Iceta Gavicagogeascoa como Comisario Pontificio, ya que esta decisión corresponde a la jurisdicción de la Santa Sede y no a los tribunales españoles.

El fallo también menciona que el Estado español reconoce a la Iglesia Católica el derecho a ejercer su misión apostólica con plena autonomía, garantizando su libertad para llevar a cabo sus funciones de culto, jurisdicción y enseñanza. Por ello, el juzgado declara su falta de competencia para juzgar la validez de las decisiones adoptadas por la Santa Sede en este caso.

Sobre la cuestión del derecho de separación de la Iglesia Católica, el auto cita una sentencia del Tribunal Supremo de 2021 que recoge la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En ella se establece que el principio de autonomía de las comunidades religiosas impide que el Estado obligue a una confesión a admitir o expulsar miembros. También aclara que el derecho a la disidencia dentro de una comunidad religiosa no está protegido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

En otras palabras, si un individuo está en desacuerdo con su comunidad religiosa, su libertad se ejerce abandonando la institución de manera personal, pero no creando una nueva comunidad paralela. En este caso, la Iglesia Católica ya reconoció ese derecho a nivel individual, lo que se reflejó en los procesos de excomunión de cada una de las exreligiosas implicadas en el caso.

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