EL TSCyL ratica la condena de 30 años de prisión al "loco del martillo" por dos tentativas de homicidio

La Audiencia Provincial de Burgos condenó a Herrero a 30 años de prisión por dos delitos en grado de tentativa de homicidio antes del brutal crimen a martillazos contra su mujer

Sede del TSJCyL

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la condena de 30 años de prisión, emitida por la Audiencia Provincial de Burgos, contra Agustín Herrero Bedoya, más conocido como el 'Loco del martillo', por dos delitos de tentativa de homicidio.

De esta forma la sentencia desestima el recurso de apelación impuesto por el acusado contra el fallo de la Audiencia Provincial, considerando "evidente" que el acusado "cometió primero las agresiones a mujeres con las que no tenía relación con el único fin de proporcionarse una coartada para la muerte que proyectaba contra su esposa, y que acabó ejecutando".

Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Burgos condenó a Herrero a 30 años de prisión por dos delitos en grado de tentativa de homicidio, por las agresiones aleatorias a dos mujeres los días previos a cometer el brutal crimen a martillazos contra su mujer, Ana Belén, en octubre de 2017.

Por este hecho, perpetrado con "alevosía y agravante de género", la Audiencia Provincial de Álava ya condenó en 2020 al acusado a otros 21 años de cárcel, aunque tras dos apelaciones, continúa pendiente el dictamen del Tribunal Supremo.

Los hechos juzgados en la sentencia del TSJCyL se remontan a la noche del 27 de septiembre de 2017, seis días antes del crimen contra Ana Belén. El acusado golpeó a una mujer de 64 años que regresaba a su domicilio sola por la calle Condado de Treviño.

"Aprovechando la oscuridad de la noche y la ausencia de transeúntes se abalanzó sobre ella por la espalada, sin que pudiera percatarse, propinándola un fuerte golpe en la cabeza con un martillo u objeto de similares características".

A consecuencia del golpe, la víctima sufrió un traumatismo cráneo encefálico grave que precisó de tratamiento quirúrgico urgente. Además, presenta graves secuelas físicas, neurológicas y psiquiátricas.

El segundo ataque se produjo seis días después, el 3 de octubre. La víctima fue una mujer de 55 años, que se encontraba sentada en un banco de la misma zona, cerca del puente de Hierro.

Herrero perpetró el asalto con el mismo 'modus operandi', abordando a la mujer por detrás, y propinándola un fuerte golpe en la cabeza. La mujer también tuvo que ser sometida a cirugía de urgencia y padece actualmente tanto secuelas físicas como psicológicas.

Según se indica en la sentencia, el acusado, "teniendo pensado acabar con la vida de su esposa, realizó los anteriores hechos, con la finalidad de que las Fuerzas Policiales no sospechasen de que había sido él quien habría dado muerte a Ana Belén, sino que los tres hechos podrían haber sido realizados por otra persona, que se dedicaba a dar martillazos a mujeres en la localidad de Miranda de Ebro".

Por estos hechos la Audiencia Provincial condenó a Herrero "como autor de dos delitos de asesinato, en grado de tentativa, con las agravantes específicas de alevosía y evitar ser descubierto".

La sentencia condenaba a quince años de prisión por cada uno de los delitos.

La defensa del acusado interpuso recurso de apelación alegando la infracción de la presunción de inocencia, vulneración de la doctrina jurisprudencial sobre la prueba indiciaria y error en la valoración de la prueba. Solicitaba la revocación de la sentencia y la libre absolución del acusado, así como la aplicación de delito de lesiones en lugar de asesinato en grado de tentativa.

Tras considerar probados todos los hechos que se le imputan, el TSJCyL ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial, confirmando la pena de 30 años de prisión.

El acusado permanece desde octubre de 2017 en la prisión alavesa de Zaballa, donde cumplirá todas sus penas, que suman un total de 51 años de cárcel.

Contra la sentencia del TSJCyL cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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