El TSJ revoca una resolución por agresión sexual de la Audiencia Provincial que “no puede ser revisada"

Pretendía reabajar de diez a nueve años de prisión la condena de un hombre por agresión sexual reincidente

Sede del TSJCyL

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) revocó una resolución por agresión sexual practicada por la Audiencia Provincial de Burgos que “no puede ser revisada”. “Entendemos que la pena impuesta no puede ser revisada, rechazando la posibilidad de que en este caso pueda hacerse el recálculo proporcional que efectúa el auto recurrido, con estimación, por tanto, de los recursos de apelación interpuestos”, señala el auto.

La estimación de la causa primera de los recursos interpuestos por la acusación particular y el Ministerio fiscal “hacen innecesario el examen de los otros motivos del recurso”, señaló, con lo que acepta el recurso de apelación por la representación de la acusación particular, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, contra el auto de 9 de diciembre de 2022, dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos por el que acuerda revisar la condena que le fue impuesta en su día al agresor.

La Audiencia había acordado revisar la condena que le fue impuesta en su día en esa causa, en el sentido de rebajar de diez años de prisión a nueve la condena que se encuentra cumpliendo por sentencia de 29 de noviembre de 2018, por la que se le condenó como autor de un delito de agresión sexual con la agravante de reincidencia. Contra dicho auto se interpuso recurso de apelación ante esta Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL por parte de la acusación y al que se sumó el fiscal.

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