El lunes 25 de febrero empiezan a funcionar 14 nuevos radares en las calles de Salamanca

Los puntos de control de velocidad han sido homologados y se alojan en catorce cabinas estáticas situadas en diferentes vías públicas de la ciudad.

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El concejal Emilio Arroita informa sobre los nuevos radares de velocidad

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El próximo lunes, día 25 de febrero, entrarán en funcionamiento los nuevos puntos de control de velocidad con radares fijos en las vías urbanas de la ciudad. Estos dispositivos estáticos de control de velocidad se suman a los controles móviles que lleva a cabo la Policía Local prácticamente a diario, y tienen como objetivos prioritarios el incremento de la seguridad de peatones y conductores, la prevención de posibles accidentes de circulación y, en definitiva, la mejora del tráfico urbano.

Cabe recordar que el programa informático de gestión de denuncias garantiza que los procedimientos sancionadores se ajusten en todo momento a la verificación de los cinemómetros, no permitiendo iniciar o dar de alta ninguna tramitación sin que la certificación de esos dispositivos de control esté en vigor.

Los nuevos cinemómetros instalados en las vías urbanas de Salamanca son del modelo Jenoptic-Robot Multa-Radar C y se alojan en catorce cabinas estáticas y estancas ubicadas en los siguientes emplazamientos: Avenida de Lasalle, 24; Cordel de Merinas de Chamberí, 117, Avenida Saavedra y Fajardo, 2; Avenida Hilario Goyenechea, 13, Vía Helmántica s/n, Paseo de Canalejas, 139-159 y en el número 31, Avenida de la Reina Berenguela s/n, Jesús Arambarri, 86, Avenida de los Cipreses, s/n, Avenida Portugal, 79-81 y en esta misma vía a la altura del Parque Villar y Macías, Avenida Luis de Camoens s/n y en Doctor Ramos del Manzano s/n.

Los límites de velocidad en vías urbanas y travesías se encuentran regulados en el artículo 50 del Reglamento General de Circulación en el cual se establece, con carácter general, la velocidad máxima de 50 kilómetros por hora. Estos límites podrán ser rebajados en travesías especialmente peligrosas por acuerdo de la autoridad municipal con el titular de la vía, y en las vías urbanas, por decisión del órgano competente de la corporación municipal.

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