Un juzgado de Valladolid autoriza el aislamiento de 10 viviendas por el último brote de coronavirus

La cuarentena domiciliaria de los ocupantes se establece hasta el próximo 24 de julio

AUTORIZADA LA CUARENTENA DE 10 VIVIENDAS EN VALLADOLID

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Juzgado de lo Contencioso 2 de Valladolid ha estimado la petición de la Junta de Castilla y León y ha ratificado íntegramente las 10 órdenes de la Consejería de Sanidad dictadas el 14 de Julio por las que se acuerda el aislamiento sobre 10 viviendas del barrio de Delicias de la capital afectadas por un brote de coronavirus. El tribunal toma esta decisión “para evitar la propagación del virus y garantizar la salud de la población”. La magistrada, igualmente, acuerda ratificar las medidas de restricción de las visitas a estos domicilios, “a lo estrictamente necesario” para la atención de las personas integrantes de la unidad domiciliaria.

Se acuerda la cuarentena domiciliaria de todos los ocupantes, un total de 23 personas, hasta el 24 de julio, si bien no se descarta la prórroga en función del resultado de las pruebas que se practiquen. En este caso, la Junta deberá comunicarlo de forma inmediata al Juzgado para que decida sobre la continuidad de las medidas.

Una medida urgente y necesaria

En el auto, que ya ha sido notificado a las partes, la magistrada explica que “se trata de medidas urgentes y necesarias para la salud pública atendiendo a las circunstancias concurrentes, todas ellas relacionadas con la situación de emergencia producida por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2/COVID-29”. Añade que “la medida de aislamiento y cuarentena domiciliaria obligatoria acordada es necesaria e idónea para evitar la propagación de los contagios, pues no existe una medida menos gravosa o lesiva para la consecución del objetivo propuesto, y que el sacrificio de derecho y/o libertades reporta más beneficios al interés general que desventajas o perjuicios a otros bienes o derechos atendidos la gravedad de la injerencia y las circunstancias personales de quien la sufre”.

La jueza destaca que existe una “proporcionalidad intrínseca” entre los derechos fundamentales afectados y las medidas que se han adoptado con la finalidad de “proteger el derecho a la vida e integridad física”. Las medidas acordadas por la Junta de Castilla y León y sometidas a ratificación judicial, son, según la magistrada “proporcionadas atendiendo al espacio territorial al que afectan, a las personas a las que se aplica y a la duración temporal de esa aplicación”.

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