El TSJC condena a 6 meses de inhabilitación al diputado de la CUP Pau Juvillà por no retirar lazos amarillos

El secretario tercero de la mesa del Parlamento no hizo caso a los requerimientos de la junta electoral cuando era concejal

El TSJC condena a seis meses de inhabilitación al diputado de la CUP Pau Juvillà por no retirar lazos amarillo

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a 6 meses de inhabilitación y 1.080 euros de multa por un delito de desobediencia al secretario tercero de la Mesa del Parlament y exconcejal de la CUP en Lleida, Pau Juvillà, por no descolgar unos lazos amarillos de su despacho municipal en la primavera del 2019 pese al orden de la junta electoral. La sentencia considera probado que la razón del incumplimiento no fue el "desconocimiento" sino la voluntad "consciente e intencionada" de Juvillà de "reivindicar el acto de desobediencia como un acto de dignidad y como instrumento de transformación social", tal y como manifestó el propio Juvillà en redes sociales, en un artículo en la prensa del 4 de mayo de 2019 y también reconoció en el juicio.

Los requerimientos de la junta electoral llegaron tras la denuncia de la concejala de Cs Ángeles Ribes contra todos los grupos municipales independentistas. Antes de resolverse el recurso contra el tercer requerimiento, los Mossos d'Esquadra entraron en las dependencias municipales de la CUP y retiraron la simbología independentista, el 13 de abril de 2019.

El TSJC considera que Juvillà -en el momento de los hechos concejal y presidente del Grupo Municipal Crida-CUP- es "indudablemente" el autor de un delito de desobediencia grave ya que se negó "abiertamente y de forma reiterada, contumaz y rebelde a cumplir los requerimientos. Sin embargo, el TSJC impone a Juvillà la pena mínima para este tipo de delito al entender que aunque la conducta llegó a "comprometer" los intereses públicos implicados en cualquier proceso electoral, la afectación fue "limitada" y "reducida" en una parte "mínima" de la fachada municipal.

La sentencia recoge que aunque el acusado alegó que los cuatro lazos amarillos y la estelada que colgaban en las ventanas del despacho del grupo municipal constituían parte esencial de la simbología de la CUP, en ningún momento se manifestó por parte de Juvillà ni de nadie que el cumplimiento de los requerimientos les supusiera renunciar a sus siglas políticas. El TSJC también desestima el argumento de la defensa en referencia a la libertad de expresión, recordando que "las instituciones públicas, a diferencia de los ciudadanos, no gozan de este derecho, ni los miembros de una determinada formación política cuando usan 'espacio público'.

Por todo ello, el TSJC inhabilita seis meses a Juvillà para ejercer ningún cargo público ni a las administraciones locales, provinciales, autonómicas, estatales o supranacionales.

Su abogado, Carles López, ha asegurado al ACN que recurrirá. La CUP ha convocado una concentración este martes a las siete y media de la tarde en la plaza de la Paeria de Lleida en rechazo a la sentencia bajo el título 'Déjenos en Paz'.