El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria autorizará dos permisos de 6 días a Cuixart

La Junta de Tratamiento Penitenciario de Lledoners (Barcelona), donde Cuixart cumple condena por el procés, había dado luz verde los pasados días 14 de mayo y 9 de julio

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria autorizará dos permisos de 6 días a Cuixart

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Cataluña ha autorizado al líder de Òmnium, Jordi Cuixart, a poder disfrutar de manera inmediata de los dos permisos ordinarios de seis días solicitados y que habían sido avalados por la Junta de Tratamiento Penitenciario.

En concreto, la Junta de Tratamiento Penitenciario de Lledoners (Barcelona), donde Cuixart cumple condena por el procés, había dado luz verde los pasados días 14 de mayo y 9 de julio a los dos permisos solicitados por el líder de Òmnium, y que ahora han sido avalados por la jueza en dos autos.

Estos dos permisos ordinarios concedidos a Cuixart, que podrá disfrutarlos inmediatamente, están al margen del recurso de Fiscalía al tercer grado que derivó en el ingreso de nuevo del recluso en el centro penitenciario de Lledoners así como a la aplicación del 100.2 del reglamento penitenciario que permitía sus salidas para ir a trabajar y que también quedó en suspenso.

En los dos autos, la magistrada del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 esgrime que el interno cumple con los dos requisitos del reglamento penitenciario: haber cumplido la primera cuarta parte de la condena y "su buena conducta", como ponen de manifiesto los informes del equipo multidisciplinar de Lledoners.

Además, la jueza sostiene que el recluso "reconoce los hechos probados en la sentencia, asume las consecuencias de sus actos, y muestra motivación para el cambio".

En este sentido, la magistrada rechaza el argumento del ministerio fiscal sobre la falta de arrepentimiento de Cuixart para oponerse a estos permisos:

"El interno reconoce los hechos delictivos, pero no está conforme con su calificación jurídica, y no muestra arrepentimiento, defendiendo su inocencia, lo cual es sin duda un pensamiento y decisión legítimos, puesto que la normativa penitenciaria no impone la obligación al condenado de arrepentirse ni a que se declare culpable y que prescinda de su declaración de inocencia", sostiene la juez en el auto.

En cuanto a los riesgos existentes de reincidencia, como esgrime el ministerio público para oponerse a los permisos, la magistrada concluye que, en estos momentos, "no existen indicios de riesgo de reincidencia delictiva ni de quebrantamiento de condena".

La magistrada también recoge en su auto otro de los preceptos del reglamento penitenciario que Cuixart está cumpliendo, como es el de la realización de programas específicos de tratamiento.

A raíz de los informes de los equipos técnicos de la prisión de Lledoners, la "colaboración del interno es total en todas las actividades", señala la jueza.

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