Colmenarejo convoca el Pleno para debatir la moción de censura: será el 6 de febrero

Han pasado 18 meses desde que la presentaran siete ediles de la oposición, que tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid logran su objetivo

Ayuntamiento de Colmenarejo

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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"Esta actuación pone el broche final a un largo proceso (18 meses) en el que los siete concejales que componemos la oposición junto con nuestro abogado, Pablo Gómez, no hemos dudado en ningún momento que nos respaldaba la razón". Es una de las frases con las que el PP de Colmenarejo ha resumido la situación al comunicar a través de las redes sociales la convocatoria del Pleno para debatir y votar la moción de censura nada más recibir la notificación por parte del Secretario del Ayuntamiento.

La sesión será el 6 de febrero a las 12 horas. Se produce año y medio después de que se presentara la moción de censura por parte de los grupos de oposición (PP, VOX, Alternativa por Colmenarejo y un concejal no adscrito) contra la alcaldesa, la socialista Miriam Polo, quien gobierna en coalición con Unidas Podemos y Vecinos por Colmenarejo.

"En base al propósito que asumimos el 29 de julio de 2021 de buscar una solución a una situación, entonces caótica y ahora insostenible, nos hemos mantenido firmes, acatando y realizando todas las acciones que el extenso proceso judicial nos ha exigido. Ha sido un gran esfuerzo (también económico) por parte de todos y por eso el éxito de esta empresa nos recompensa y nos da mucha fuerza para empezar y esperamos, si todo sigue su curso, poner un poco de orden en este totum-revolutum al que el actual equipo de Gobierno, por su incapacidad, inacción y pasotismo han llevado a nuestro pueblo", continúa en su comunicado el Partido Popular, cuya portavoz y exalcaldesa, Nieves Roses, es la candidata candidata propuesta a la Alcaldía en la moción de censura.

Película de los hechos

Hay que recordar que la moción de censura no se llegó a debatir ni votar en su momento. Un informe del Secretario Municipal, en octubre de 2021, declaraba que no tenía validez jurídica debido a la peculiar situación política de uno de los firmantes, el concejal no adscrito y exsocialista Jesús Castro.

Los grupos de oposición decidieron entonces acudir a la vía judicial y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 30 de Madrid se pronunciaba el pasado mes de julio reconociendo el derecho de los denunciantes a la convocatoria de un Pleno Extraordinario para el debate y votación de la moción de censura.

El Ayuntamiento de Colmenarejo interpuso un recurso de apelación contra esta sentencia. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado a favor de los convocantes de la moción de censura, reconociendo vulneración de Derecho por parte de la Alcaldía, según el artículo 23 de la Constitución Española y “reconociendo el derecho para que se proceda a la convocatoria de la celebración del Pleno Extraordinario para el debate y votación de la Moción de Censura”. Y eso, a apenas unos meses de las elecciones locales.

Asímismo, establece que “las sentencias son inmediatamente ejecutivas, sin necesidad de acordar la ejecución provisional, por ministerio de la ley, pues el recurso de apelación no suspende la ejecución de la sentencia”. Se desprende de esta resolución que el Ayuntamiento debía haber ejecutado lo que dispuso el Contencioso-administrativo del 1 de julio de 2022 sin perjuicio del recurso de apelación.

Añade la Sentencia que “la negativa de la Sra. Alcaldesa a convocar el Pleno Extraordinario para debatir y votar la moción de censura es manifiestamente contraria al ordenamiento jurídico”. Finalmente, impone “al Ayuntamiento de Colmenarejo las costas causadas por su recurso de apelación”.

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