La Justicia anula las trabas del Ayuntamiento de Alpedrete a la instalación de una gasolinera en Los Negrales

La Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas presentó un recurso contra la ordenanza municipal y la sentencia ha declarado nulos varios artículos

Parcela de Los Negrales en la que la gasolinera tenía previsto instalarse

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas (AESAE) contra el Ayuntamiento de Alpedrete y ha anulado los artículos de una ordenanza municipal que obstaculizaban la instalación de estas infraestructuras, obligándolas a mantener una distancia mínima de 15 metros con otros edificios.

En la sentencia, del 4 de febrero, se explica que la AESAE demandó al Ayuntamiento de Alpedrete por la ordenanza que regula esta actividad y pedía al tribunal que determinase si el comportamiento de las personas responsables de la ordenanza recurrida, “entre otros el alcalde y el arquitecto municipal del Ayuntamiento de Alpedrete podría subsumirse en un comportamiento con desviación de poder”.

La AESAE ha explicado en un comunicado que la ordenanza recurrida exigía en sus artículos 12, 16.1, 19 y 20 que estas estaciones de autoservicio cumplieran con una distancia mínima de los surtidores de combustible a las vías públicas circundantes (calzadas y aceras) de 15 metros, franjas de separación con las zonas residenciales y una distancia de 50 metros con elementos arquitectónicos. Se les exigía, además, contar con una plaza de aparcamiento por cada 100 metros cuadrados de superficie de la parcela ocupada por la instalación.

Esta asociación ha dicho que estas exigencias municipales “no estaban motivadas y atentaban contra el principio de libre mercado” al impedir la instalación de gasolineras automáticas.

La sentencia ha declarado “la nulidad de pleno derecho” de estos artículos de la ordenanza de Alpedrete sin imposición de las costas procesales causadas, siendo este fallo susceptible de recurso de casación en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación.

El presidente de la patronal de gasolineras automáticas, Manuel Jiménez, ha advertido tras conocer la sentencia que “es un aviso para aquellos ayuntamientos que están impidiendo la implantación de las gasolineras automáticas en sus localidades a través de trabas”. Y añade que “gracias a las estaciones automáticas, la subida de precios de los carburantes se está mitigando en las zonas donde se encuentran implantadas”. Desde la patronal han manifestado que son conscientes de que las trabas por parte de los ayuntamientos seguirán, pero han celebrado que “cada vez será más difícil justificarlas”.

Mientras, en el barrio de Los Negrales la decisión judicial ha hecho que cunda la preocupación. La Asociación de Vecinos ‘Los Negrales por Nuestros Derechos' siempre se ha mostrado contraria al proyecto porque supone un riesgo para la salud, sobre todo para los residentes en las viviendas colindantes.

"Para la gente que vive a menos de la distancia que se estaba pidiendo en la ordenanza para la instalación de la gasolinera, esto atenta contra su libertad y, lo que es peor, contra su salud. Y no lo dice el Ayuntamiento, lo dice la OMS. Es una actividad contaminante, hay informes publicados y casos de cáncer y leucemia demostrados", ha explicado a COPE de la SIERRA la tesorera de la asociación vecinal, Elena Pérez, quien recuerda que la gasolina tiene muchos compuestos orgánicos volátiles que pasan al aire, uno de ellos el benceno, reconocido como cancerígeno por la Organización Mundial de la Salud.

En referencia a las declaraciones realizadas por la patronal de las gasolineras automáticas, la asociación vecinal ha querido puntualizar que esta sentencia no significa que el camino esté acabado para los ayuntamientos a la hora de legislar la instalación de estas estaciones de servicio en los municipios.

"Me parece impactante cómo AESAE ha 'vendido' la sentencia, como si fuera firme y poco más que diciendo 'ayuntamientos, no volváis a meteros en nuestros asuntos'. Para ser rigurosos creo que es importante mencionar que la sentencia lo que viene a decir es que la vía para regular esto no es una ordenanza, pero se puede hacer con una modificación en el Plan General o en las Normas Subsidiarias", aclara Pérez.

Ha agradecido, además, el compromiso del Consistorio con la causa. "Defendemos su actuación porque lo único que ha hecho es velar por el bienestar de los vecinos. Nosotros intentaremos recurrir la sentencia e intentaremos que el Ayuntamiento también recurra".

Por su parte, fuentes municipales han asegurado a COPE de la SIERRA que, de momento, el Ayuntamiento está estudiando los siguientes pasos a dar una vez conocidos los pormenores de la sentencia judicial y en breve tomará una decisión.

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