El veredicto del jurado popular ha sido unánime: el parricida de Collado Villalba es culpable

Ahora la Audiencia Provincial elaborará la sentencia. La Fiscalía pide 9 años y medio para este hombre, acusado de matar a su padre anciano y mutilar su cuerpo en 2020

Audiencia Provincial de Madrid, donde se está siguiendo el juicio/ EFE

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El jurado popular ha sido unánime al considerar culpable al hombre acusado de matar a su padre en 2020 en Collado Villalba y de mutilar su cuerpo, ya que, aunque sufría un trastorno que alteraba sus facultades, no las tenía anuladas y causó la muerte del anciano, de 83 años, que no se podía defender.

Fuentes jurídicas han informado a EFE de este veredicto, dictado este martes, y a partir del cual la sala correspondiente de la Audiencia Provincial elaborará la sentencia referida al crimen, perpetrado el 17 de mayo de 2020.

, debido a que no le dieron la medicación que necesitaba, y en la que consumió cerveza y cocaína.

Ahora el jurado popular considera probados, por unanimidad, los siete hechos recogidos en el veredicto, entre ellos que el hombre golpeó al padre, de 83 años, con un objeto contundente y, una vez en el suelo, le apuñaló repetidamente hasta la muerte, tras lo que le cortó las dos manos, una oreja y dos dedos ayudándose de unas tijeras de podar, un hacha y un cuchillo.

El jurado ve probado que el acusado apuñaló al padre cuando ya estaba en el suelo sin posibilidad de defenderse, y que sufría "un trastorno psicótico de etiología tóxica, síndrome de dependencia a cocaína y síndrome de dependencia a cannabinoides", lo que hizo que en el momento de los hechos presentara "una alteración psicopatológica grave que comprometía de forma muy grave, sin llegar a anular, sus capacidades intelectiva y volitiva".

La Fiscalía pedía inicialmente para Martín G. G. R. un total de 9 años y medio de cárcel y, antes, el internamiento en centro psiquiátrico durante 20 años, como autor del asesinato con la agravante de parentesco y con la eximente incompleta de alteración psíquica.

La acusación particular, ejercida por el hermano del acusado, solicitaba que ingresara en prisión 15 años tras permanecer en un centro psiquiátrico, mientras que su defensa solicita que solo ingrese en este tipo de centro debido a su trastorno.

Una vez conocido el veredicto popular, la acusación particular ha demandado que, además del internamiento en un centro psiquiátrico y en la cárcel, una vez cumplida esta pena el acusado se someta una libertad vigilada durante diez años, de manera que no pueda trabajar ni residir en la misma localidad que su hermano, y que sea sometido a un seguimiento por parte del médico forense del juzgado para asegurar que está en tratamiento adecuado.

Además solicita que el hermano del acusado sea informado sobre cualquier decisión que tomen el centro psiquiátrico o la prisión referida a tratamientos, permisos o libertad del procesado, ha detallado el letrado Jaime Sanz de Bremond.

El abogado ha trasladado a EFE su satisfacción por un veredicto que considera culpable por unanimidad al acusado de asesinato, entendiendo que no tenía anuladas sus capacidades, y ha expresado su confianza en que además de la condena a internamiento se aprecie su petición sobre una estricta libertad vigilada.

Herrera en COPE

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