El gobierno valenciano destina 8 millones a ayudas personales para personas con discapacidad

Esta subvención tiene como objetivo el fomento de la inclusión, integración social, autonomía y desarrollo personal de las personas con discapacidad

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Redacción COPE Valencia

Valencia - Publicado el - Actualizado

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La Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, ha convocado, mediante la resolución publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, las ayudas personales para la atención especializada residencial de personas con discapacidad, destinadas al ejercicio 2024.

Esta subvención tiene un importe máximo asignado que asciende a 7.986.161,37 de euros, se enmarca dentro del Plan estratégico de subvenciones de la Vicepresidencia (2024-2026).

Estas ayudas se conceden con carácter de subvención personal y finalista, con el fin de atender a las distintas necesidades de atención integral de las personas con discapacidad con problemas graves de salud mental que carecen de los recursos económicos suficientes y requieren de atención asistencial y cuidados especiales, los cuales, no se pueden prestar en el medio familiar. Esta atención residencial podrá desarrollarse en residencias y viviendas tuteladas.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Según recoge la resolución, pueden solicitar ayudas las personas fiscales que sean mayores de 16 años y menores de 65 años que tengan la condición legal de persona con discapacidad residente en la Comunitat Valenciana y que no cuenten con ningún tipo de recursos económico individual y familiar suficiente que le impida afrontar el coste de un servicio de atención residencial especializada.

No obstante, será igual de necesario que cuenten con la necesidad de cuidados especiales acreditada por estar afectado por una discapacidad que dificulte su inclusión social, carecer de domicilio o tener una situación familiar grave por la que le impida la atención del individuo que, por sus características personales, no pueda desarrollarse en el medio familiar.

Además, las personas beneficiarias de estas ayudas tendrán que reunir estos requisitos recogidos en la misma resolución con anterioridad al fin del plazo de presentación de las solicitudes que seguirán el mismo procedimiento de concurrencia de tipo competitivo.

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El plazo y presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 29 de noviembre de 2024.

Las solicitudes, junto con la documentación requerida que viene recogida en la norma, se pueden presentar en el registro de entrada de las Direcciones Territoriales de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda correspondientes a la localidad de residencia del solicitante, por correo certificado o vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat.