La sentencia del TSJ sobre apartamentos turísticos en Ciutat Vella, ¿contenta a ambas partes?

Escucha las declaraciones de la Vicealcaldesa de València, Sandra Gómez, y la de Rafa Encarnación, abogado de AVAEC que presentó el recurso

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La sentencia del TSJ sobre apartamentos turísticos en Ciutat Vella, ¿contenta a ambas partes?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Las sentencias, por lo visto, son interpretables según quien las lea y según el enfoque que se le quiera dar. Eso es lo que ha pasado en las últimas horas después de que el TSJ se haya pronunciado sobre la normativa que el Ayuntamiento de València ha impuesto a los apartamentos turísticos de Ciutat Vella dentro del Plan Especial de Ciutat Vella (PEC).

Te pongo en situación: dos asociaciones, la de viviendas de alquiler por estancias cortas de valencia y la de pequeños propietarios, gestores y simpatizantes de vivienda de uso turístico de la comunidad valenciana, recurrieron este plan en los tribunales.

El Ayuntamiento establece dos distinciones: la vivienda turística ocasional que se alquila hasta 60 días al año, y la profesional, que es aquella en la que un bloque entero está destinado a vivienda turística.

En el caso de la vivienda turística ocasional.... tenía que tratarse de un particular, empadronado en el barrio, alquilar la vivienda un máximo de 60 días al año y tener licencia. Pues bien, aquí el TSJ ha anulado todos los requisitos, excepto el de la licencia. Sin límites de tiempo...

Otro elemento que el TSJ suprime afecta a las viviendas turísticas profesionales y nos traslada al barrio de San Francesc.... El Tribunal considera “desproporcionado” que tengan que estar distanciados por 150 metros cada uno de ellos.

Y qué dice el Ayuntamiento? Pues que esta sentencia avala su estrategia de control de los apartamentos turísticos, puesto que es una forma de reconocer que el consistorio "tiene plenas competencias para regular los apartamentos turísticos en el término municipal a través de los mecanismos de planeamiento".

Rafa Encarnación, abogado que ha interpuesto, en este caso, el recurso de la Asociación de Viviendas de Alquiler por Estancias Cortas de Valencia, considera que la snetencia determina que el Ayuntamiento de València se ha extralimitado y ha establecido requisitos excesivos.

Contra esta sentencia cabe recurso.

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