Robos en comercios: "Muchos detenidos conocen mejor el derecho penal que los propios abogados"

Por mucha alarma social que haya, la ley no contempla la prisión preventiva para este tipo de delitos

Blas Sánchez

Almendralejo - Publicado el - Actualizado

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Los pequeños robos en nuestras ciudades y pueblos están a la orden del día. Por ejemplo, son numerosos los hurtos en el casco antiguo de Badajoz -no hay día que no se produzca alguno- o en Almendralejo, donde hemos sabido que un caco ha hecho de las suyas en 11 establecimientos comerciales.

Llama la atención que la Policía Nacional incida en que tras una primera detención fue puesto en libertad con cargos e, inmediatamente, volvió a robar, y lo hizo en un comercio a 300 metros de la sede judicial.

La alarma social es evidente. Los ciudadanos piden medidas más duras.

En COPE hemos hablado con Leandro Izquierdo, abogado de Almendralejo, que integra el cuerpo de letrados del turno de oficio. Dice que los detenidos llegan a conocerse mejor el derecho penal en estos casos que los propios abogados, que corresponde a los legisladores endurecer las penas, si lo consideran, y que por mucha alarma social que haya, la ley no contempla la prisión preventiva para este tipo de delitos.

El modus operandi de los robos se repite: rotura de ventana o puerta para acceder al establecimiento, de donde se suelen llevar dinero en efectivo y objetos de valor.

En casos de hurto leve o inferiores a 400 euros, la pena, siempre que el autor sea multirreincidente y la cuantía total de lo sustraído, incluyendo los delitos de hurto cometidos con anterioridad, exceda los 400 euros, la pena que se impone no es la del tipo agravado sino la básica, que es prisión de 6 a 18 meses.

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