El Plan Hidrológico del Guadiana no incluye el regadío, por lo que se incumple la Directiva del Agua

La Declaración de Impacto Ambiental fue emitida antes de la aprobación de ese plan. La Comisión Europea pone en duda la viabilidad del proyecto por la "falta de agua"

Higuero

Blas Sánchez

Almendralejo - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El regadío de Tierra de Barros sigue siendo toda una incógnita, tras la visita del consejero Higuero, este miércoles, a Bruselas para hablar con el comisario de Agricultura. La Junta no se trae una respuesta “afirmativa ni negativa”, o sea, que estamos igual que antes del señalado 14 de febrero. ¿Qué está pasando con este proyecto? ¿Cuáles son los obstáculos?

La Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea pone en duda la Declaración de Impacto Ambiental del regadío y afirma que vulnera el III Plan Hidrológico de la Cuenca del Guadiana y la Directiva Marco del Agua, a la vez que indica que Extremadura no ha llevado a cabo el Programa de Acción de Nitratos. Para que los fondos del PDR se liberen, hay que solventar estas adversidades.

Lo cierto es que el III Plan Hidrológico de la Cuenca del Guadiana prevé una disminución de la disponibilidad de agua en los diferentes distritos hídricos hasta 2039, según recoge en un informe de febrero de este año de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea.

A falta de agua suficiente para alimentar las tierras de regadío, “o la infraestructura no se utiliza y se vuelve redundante o la infraestructura se utiliza y podría agotar aún más las masas de agua”.

El informe dice que, si no se puede evitar un deterioro de las masas de agua afectadas, la Directiva Marco del Agua exige que se cumplan todas las condiciones del artículo 4, apartado 7. Sin entrar en detalle con el articulado, si cabe mencionar uno de sus párrafos: “que los motivos de las modificaciones o alteraciones se consignen y expliquen específicamente en el plan hidrológico de cuenca exigido…”.

Y aquí es donde nos encontramos con el hecho de que la DIA "fue emitida antes de la aprobación del III Plan Hidrológico de la Cuenca del Río Guadiana”, y este plan no incluye el regadío de Barros, contraviniendo la Directiva Marco del Agua.

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