La Audiencia de Badajoz rebaja seis meses la pena a un condenado por abuso sexual por la Ley del "si es si"
En concreto, la condena pasa de once años y un día a diez años, seis meses y un día de prisión.
Badajoz - Publicado el - Actualizado
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La Audiencia provincial de Badajoz ha rebajado en seis meses la pena impuesta a un hombre condenado por abuso sexual en junio de 2019, que pasa de once años y un día a diez años, seis meses y un día de prisión.
Según ha indicado la Audiencia provincial en un comunicado este viernes, la sala ha estimado la solicitud de revisión de la pena impuesta por este Tribunal el 26 de junio de 2019 atendiendo a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, conocida como ley de sólo sí es sí, y el propio hecho de la retroactividad de la ley penal, al ser esta nueva norma, en este caso en concreto, más favorable al reo.
El auto, que cuenta con el informe desfavorable del Ministerio Fiscal, señala que los hechos probados se encuentran tipificados en el artículo 181.1, 3 y 4 de la nueva normativa, estableciéndose en el número 3 que "cuando el acto sexual consista en acceso carnal vía vaginal, anal o bucal, o en introducción de miembros corporales u objeto, el responsable será castigado con la pena de seis a doce años de prisión en los casos del apartado uno”, como es en este caso.
Al respecto, la Audiencia recuerda que en el supuesto anterior la pena iba de 8 a 12 años y que la Sala atendiendo a la redacción a los artículos 183.1, 3 y 4, del Código Penal antes de la reforma derivada de la LO 10/2022 procedió a imponer la pena en su mitad superior.
Por ello, dado que la pena de prisión parte de seis años, la condena a imponer será de diez años seis meses y un día de prisión, por ser norma más favorable al reo, por lo que procede su revisión, ha señalado.