AYUDAS URGENTES Y DIRECTAS

Las ayudas al comercio y hostelería del Ayuntamiento de Badajoz se pueden pedir a partir de este miércoles

Ayudas de 1.000 euros para el sector de la hostelería, cuyo cierre obligado de sus establecimientos comerciales ha sido más prolongado, y 800 euros para el resto de sectores.

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Redacción COPE Badajoz

Badajoz - Publicado el - Actualizado

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El plan de ayudas directas al comercio y la hostelería 'Plan Aviba' del Ayuntamiento de Badajoz destinadas a garantizar el mantenimiento de la actividad empresarial y el fomento del empleo en el municipio ha sido publicado este martes, día 13, en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), de manera que las solicitudes se podrán presentar a partir de este miércoles, 14 de abril, durante 20 días naturales.

Se trata de unas ayudas enmarcadas en el contexto de emergencia socio-económica provocada por la crisis sanitaria de la Covid-19 y las medidas "especiales y excepcionales" de intervención administrativa decretadas, señala el decreto de alcaldía, recogido por Europa Press, que explica que la crisis sanitaria con sus sucesivas olas está provocando "una profunda crisis económica, con una drástica destrucción de empleo, situación que se agrava y magnifica en los sectores más vulnerables afectados por los cierres forzosos decretados por las autoridades competentes".

Consecuencia de lo anterior, y en virtud de las competencias municipales, el Ayuntamiento de Badajoz "ha ido dando respuesta, con una serie de medidas sociales y de primera necesidad tendentes a paliar los efectos en los sectores más vulnerables", a la vez que "se hacía necesario poner en marcha otra serie de medidas que ayudaran a promover el desarrollo económico y social de la ciudad, mediante ayudas directas para el fomento de la actividad económica, la continuidad empresarial y el mantenimiento del empleo".

Por tal motivo, se lanzó el 'Plan Reactiba', con el fin de garantizar la reapertura y mantenimiento de la actividad empresarial y fomento del empleo local en Badajoz, continúa el decreto publicado en el BOP, junto con que con la entrada en vigor de los nuevos acuerdos de cierre forzoso y suspensión de actividad impulsados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en enero "se hace absolutamente necesario establecer una nueva subvención destinada al mantenimiento del tejido empresarial y fomento del empleo local para las empresas que se han visto afectadas".

AYUDAS "URGENTES" Y "DIRECTAS"

Según el decreto firmado por el alcalde de Badajoz, Francisco Javier Fragoso, se trata de ayudas económicas con carácter "urgente y excepcional, de forma directa y sin convocatoria" y "amparada en razones de interés público, social, económico y humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública".

"Con este procedimiento se pretende garantizar un sistema sencillo y ágil para los beneficiarios de las ayudas", remarca, así como que la finalidad de estas ayudas es prestar apoyo económico a los sectores afectados por la medidas excepcionales de intervención administrativa en relación con los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio que ejerza actividad comercial minorista, establecimientos y locales de juegos y apuestas y actividades de espectáculos públicos.

También otras actividades de ocio que han tenido que cerrar sus establecimientos tras la entrada en vigor del acuerdo de 5 de enero del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura; y los posteriores acuerdos de 8, 13 y 20 de enero, en el marco de un plan de ayudas con un importe máximo de 1.500.000 euros y en el que el procedimiento de concesión de las mismas se efectuará en régimen de concesión directa sin convocatoria.

Así, la concesión de ayudas se efectuará por orden de entrada en registro de las solicitudes completas hasta agotar el crédito disponible destinado a atender las mismas; y se concederá una cantidad de 1.000 euros para el sector de la hostelería, cuyo cierre obligado de sus establecimientos comerciales ha sido más prolongado, y 800 euros para el resto de sectores, a todas las personas físicas y jurídicas que resulten beneficiarias y cumplan los requisitos establecidos en el decreto.

Podrán ser beneficiarios aquellas personas físicas o jurídicas, como comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que lleven a cabo las actividades empresariales en el término municipal de Badajoz, cumplan los requisitos exigidos en el decreto y se hayan visto obligadas al cierre o suspensión temporal de sus establecimientos.

Para poder ser beneficiarios de las ayudas, los solicitantes deberán desarrollar con carácter principal alguna las actividades encuadradas en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) objeto de cierre o de suspensión temporal, añade el decreto, que detalla los requisitos para obtener la condición de beneficiarios y la documentación a presentar en el supuesto de personas físicas y jurídicas.

Las ayudas contempladas serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, tanto privadas como públicas y el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, señala.

Por último, matiza que las solicitudes de ayudas y documentación a aportar se cumplimentarán obligatoriamente a través de la sede electrónica del Plan Aviba y que, una vez rellena la solicitud, deberá imprimirse y registrarse telemáticamente o de forma presencial en las oficinas del Registro General o en cualquiera de los registros previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de manera que la solicitud no estará oficialmente presentada hasta no estar registrada.

La concesión de la ayuda será resuelta y notificada individualmente en el plazo máximo de seis meses desde la entrada de la solicitud; y el pago de estas subvenciones se realizará en un pago único por la totalidad del importe concedido.