CONDUCTOR PILLADO
Condenado un vecino de Badajoz por circular a 212 km/h por la A-5
Este tipo de conducta puede acarrear una pena de prisión de 3 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Badajoz - Publicado el - Actualizado
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Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cáceres, han investigado a un ciudadano portugués, de 53 años de edad y vecino de Badajoz, como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, tras ser sorprendido cuando circulaba por la autovía A-5 a la velocidad de 212 km/h. Tras celebrarse el correspondiente juicio rápido, el conductor ha sido condenado a la pena de seis meses de multa y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el plazo de un año y un día, además de al pago de las costas procesales.
LOS HECHOS
Los hechos tuvieron lugar el pasado día 30 de octubre, con motivo del dispositivo estático de control de velocidad de vehículos, que la Guardia Civil había establecido a la altura del kilómetro 228 de la Autovía A-5 (Madrid-Badajoz), dentro del término municipal de Jaraicejo (Cáceres).
En mencionado dispositivo, los agentes detectaron un vehículo que circulaba a la velocidad de 212 km/h, estando limitada la velocidad, por razón de la vía, a 120 Km/h. Tras conseguir interceptar el vehículo, los agentes identificaron a su conductor un varón, de 53 años de edad, de nacionalidad portuguesa y vecino de Badajoz, quien fue investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial.
Las diligencias instruidas por la Guardia Civil fueron entregadas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Trujillo (Cáceres), celebrándose el siguiente día, 18 de noviembre, un juicio rápido en el que, el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Cáceres, ha condenado al conductor a la pena de SEIS MESES DE MULTA y PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR vehículos a motor y ciclomotores por el plazo de UN AÑO Y UN DÍA, así como al pago de las costas procesales.
Desde la Guardia Civil se quiere insistir en la peligrosidad que conllevan este tipo de conductas las cuales suponen un grave riesgo, no solo para la vida y la integridad del propio conductor, sino para la del resto de usuarios de la vía, pudiendo suponer, además, como en este caso, la comisión de un delito, y llevar aparejado una pena de prisión de 3 a 6 meses, o una multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.