La Junta aprueba los estatutos de la nueva DOP Aceite Villuercas Ibores Jara

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado este viernes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la orden por la que se aprueban los estatutos de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Aceite Villuercas Ibores Jara.

En dicho documento se establecen las normas complementarias sobre las actividades, relaciones con los operadores, la organización y el funcionamiento del consejo regulador de la DOP.

La finalidad de esta corporación de derecho público, con sede en Castañar de Ibor (Cáceres), es ser la entidad de gestión de la DOP Aceite Villuercas Ibores Jara.

Su consejo regulador lo conformarán seis vocalías; la mitad serán elegidos entre los inscritos en los registros de explotaciones de olivares de la DOP, que constituyen el sector suministrador de aceitunas; y las otras tres serán elegidas por y entre las personas físicas o jurídicas inscritas en el registro de industrias almazaras y registro de industrias envasadoras y/o comercializadoras de la DOP, que constituyen el sector transformador.

Con fecha de 22 de junio 2022, la agrupación promotora de la DOP solicitó la concesión de la Protección Nacional Transitoria al nombre Aceite Villuercas Ibores Jara, al amparo del artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería ha acordado esta concesión, que cesará a partir de la fecha en que la Comisión Europea adopte una decisión sobre su inscripción en el Registro comunitario.

El objeto de la solicitud de protección es el aceite de oliva virgen extra obtenido mediante procesos mecánicos del fruto del olivo de las siguientes variedades principales: Manzanilla Cacereña, Cornicabra y Picual.

Estas tres variedades vegetales de olivo constituirán el aceite protegido en una proporción del 75 % como mínimo, pudiendo corresponder el resto de la composición (máximo el 25 % de la composición del aceite) a las variedades Verdial de Badajoz, Morisca y Arbequina.

La zona geográfica de la producción de las aceitunas, la extracción de los aceites y su envasado se sitúa al este de la provincia de Cáceres.

Está constituida por los términos municipales de Aldeacentenera, Alía, Berzocana, Cabañas del Castillo, Campillo de Deleitosa, Cañamero, Carrascalejo, Castañar de Ibor, Deleitosa, Fresnedoso de Ibor, Garvín, Guadalupe, Logrosán, Navalvillar de Ibor, Navezuelas, Peraleda de San Román, Robledollano, Valdelacasa de Tajo y Villar del Pedroso.

La zona de elaboración y envasado del aceite de oliva virgen extra coincide con la de producción de las aceitunas.