El juzgado de Cáceres deniega una reducción de jornada a una empleada

El motivo era participar en el casting de Gran Hermano

Mediaset

Gran Hermano

Carlos Martínez Brea

Cáceres - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

      
      
             
      

El Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres ha rechazado la solicitud de reducción de jornada presentada por una trabajadora de una tienda textil, después de que se descubriera que había participado en un cásting para el programa de televisión Gran Hermano.

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, la empleada lleva trabajando desde 2007 en una tienda de la cadena Punto Roma en Cáceres. Con dos hijos menores a su cargo, de 13 y 2 años, había solicitado inicialmente reducir su jornada a 20 horas semanales para no trabajar los sábados por la mañana, argumentando que necesitaba ese tiempo para cuidarlos. Posteriormente, en octubre de 2023, pidió ampliar su horario a 25 horas semanales, pero manteniendo la exención de las mañanas de fin de semana.

La resolución judicial señala que en el establecimiento trabajan otros dos empleados, uno con un contrato de 40 horas semanales y otro de 20 horas, lo que complicaría la redistribución de los turnos. Sin embargo, lo que realmente inclinó la balanza en contra de la demandante fue que participó en un cásting de Gran Hermano celebrado en Cáceres en junio de 2024. En el juicio se presentaron como pruebas varios vídeos donde se la ve "sonriente e integrada, saludando a la cámara".

El juez argumenta que, de haber sido seleccionada para el concurso, la trabajadora habría estado completamente aislada durante el tiempo que durara el programa, lo que contradiría su argumento de necesitar las mañanas libres para cuidar a sus hijos. "Quien tiene la seguridad de que sus dos hijos menores estarán cuidados y atendidos en semejante situación, no se entiende por qué no la tiene ahora", señala el fallo.

Además, el magistrado considera que la exención de los sábados causaría un perjuicio significativo a la empresa y a los compañeros de trabajo, y concluye que no existe un cambio en las circunstancias personales de la demandante que justifique la medida.

La sentencia, que es firme, desestima la solicitud al no cumplir con los requisitos legales para la concesión de la reducción de jornada.