Condenado a 26 años de cárcel el conductor que mató a un joven en el Paseo Marítimo

La Audiencia señala en la sentencia que el jurado consideró probado que el sospechoso "ejecutó los hechos con el propósito de acabar con su vida"

Imagen de la Audiencia Provincial

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 26 años de cárcel como autor de un delito de homicidio y de dos delitos de homicidio tentado al conductor de 19 años que durante la madrugada del sábado 28 de octubre de 2017 atropelló a propósito a tres jóvenes en el Paseo Marítimo de A Coruña. El acusado, según consta en el fallo, se había peleado con los afectados en un pub del Orzán y, al verlos cruzar la vía por un lugar no habilitado para peatones, invadió el sentido contrario de la marcha y dirigió su coche contra ellos. Como consecuencia del impacto, el joven que caminaba adelantado, de 24 años, salió despedido hacia las vías del tranvía y falleció unos 45 minutos después, mientras que uno de sus acompañantes sufrió lesiones leves. La tercera persona no fue alcanzada por el vehículo.

La Audiencia señala en la sentencia que el jurado consideró probado que el sospechoso "ejecutó los hechos con el propósito de acabar con la vida de los tres peatones, aceptando como posibilidad que se produjese la muerte, o lesiones, de todos o alguno de ellos". Así, el tribunal del Jurado concluyó que "resulta claro" que el imputado actuó "cuando menos con dolo eventual homicida", porque "generó el riesgo ilícito propio del homicidio y asumió su eventual resultado. aunque finalmente no se materializara para dos de ellos". Por tanto, se descarta que su intención fuese "dar un susto", tal y como se alegó en el juicio. Tanto a los policías que lo interrogaron como en su declaración ante el juzgado de instrucción manifestó que había ido "a por ellos". 

El jurado descartó que el acusado hubiese actuado con alevosía, porque considera que "el escaso margen de tiempo entre la visión de las víctimas y su reacción, impidieron valorar el aprovechamiento de las circunstancias". El tribunal rechazó también las eximentes de la defensa como el consumo de bebidas alcohólicas, dilaciones indebidas y confesión. 

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