Una familia gallega recibirá 12,9 millones de euros por los daños de su hijo durante el parto

La sentencia reconoce la indemnización de 5,4 millones para hacer frente a las irreversibles secuelas y otra de 7,5 millones a la aseguradora por los intereses punitivos desde 2015

íñigo Landa

Santiago - Publicado el - Actualizado

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A pesar de que son frecuentes las sentencias que condenan a Administraciones o a aseguradoras de entidades sanitarias privadas por casos de mala praxis médica, sí es mucho menos frecuente que esas mismas sentencias recojan en su totalidad las demandas exigidas por los afectados o sus familias, como acaba de ocurrir con un caso del que se acaba de dictar sentencia en el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Santiago y que obliga a una aseguradora a indemnizar a una familia con 12,9 millones de euros por los daños que en julio de 2015 sufrió su bebé durante el parto en una clínica privada de la ciudad compostelana.

Sentencia que recoge no sólo los 5,4 millones de euros que la aseguradora deberá pagar a la familia para hacer frente a los daños cerebrales que una asfixia perinatal provocó en el bebé por un retraso en la aplicación de la cesárea y que al dejado al niño con una incapacidad del 100%, sino que además impone a la propia aseguradora otra elevadísima indemnización de 7,5 millones "por los intereses punitivos a aplicar desde ese momento ya que, en estos 9 años, la aseguradora no ha consignado ni un solo euros para la familia del pequeño; no ha hecho nada de nada, ni siquiera pedir perdón".

LARGO PROCESO JUDICIAL Y LA "MEZQUINDAD DE LA ASEGURADORA"

Quien lo cuenta es el abogado defensor de esta familia, Cipriano Castreje que asegura en COPE Santiago que "nunca hasta ahora me había encontrado con un caso similar" en el que "la mezquindad de la aseguradora, que no ha consignado ni un solo euro durante todos estos años para la familia" es lo que ha conllevado esta elevada cuantía económica por parte del juzgado de Santiago de Compostela.

Aunque para llegar a esta sentencia ha habido antes que llevar adelante un largo proceso, que comenzó cuando en julio de 2015 la madre del pequeño acudió a una clínica privada donde, "como ha quedado demostrado, una concatenación de errores, como no hacer caso a los marcadores o retrasar la cesárea ya que en ese momento no había disponible quirófano nocturno ni anestesista presencial", retrasó la decisión de la obstreta de realizar la cesárea, hasta que se decidió "el traslado de urgencia al Hospital Clínico Universitario de Santiago", de la sanidad pública, "donde pudieron salvar la vida del pequeño pero donde los daños cerebrales eran ya irreversibles".

Tras el rechazo a la reclamación vía administrativa que presentaron los padres, se pusieron en contacto con Cipriano Castreje, de Castrexe Abogados, especialista en este tipo de casos y con el que comenzó un proceso judicial en el que, primero, hubo que litigar con la Administración para lograr "el reconocimiento de la discapacidad del 100% para el pequeño", que sufre de parálisis cerebral, tetraplejia, ceguera y sordera, tras lo que comenzó el proceso judicial contra la aseguradora médica que ha terminado, de momento, con esta histórica sentencia.

INDEMNIZACIÓN MÁS ELEVADA NUNCA FIJADA EN ESPAÑA PARA ESTE TIPO DE CASOS

Y con la que, según el propio abogado, "la familia ve reconocidos sus derechos a percibir la indemnización de 5,4 millones de euros que les corresponde por los daños morales y para hacer frente a los gastos médicos que supone atender al niño, ahora de casi 9 años, además de otros aspectos "como el cambio de vivienda porque la silla de ruedas ya no cabe en el ascensor, por haber tenido la madre que dejar su trabajo de funcionaria para atenderlo o por la reducción de jornada de su padre".

En el caso de los intereses, la sentencia hace referencia al Artículo 20 de la Ley del Contrato del Seguro "que viene a decir que los dos primeros años lo intereses se imputan al interés legal del dinero, incrementado al 50 %, mientras que a partir de ese periodo son punitivos, es decir, del 20 % anual sobre la cifra del principal". Lo que, en este caso, ha llevado a que la cifra de pago por intereses, 7,5 millones de euros, supere a la de los daños reconocidos por la propia mala praxis en el parto.

Y que provocan la que, hasta ahora, es la indemnización más elevada nunca fijada por un juzgado en España para casos como éste.

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