La Xunta actualiza la normativa de salubridad de las piscinas privadas en Galicia

Será responsabilidad de los ayuntamientos controlar la calidad del agua en viviendas unifamiliares y comunidades de propietarios

Piscina

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Consello de la Xunta ha aprobado un decreto por el que se regulan y amplían las categorías y los criterios higiénico-sanitarios de las piscinas en Galicia, sustituyendo al que se encontraba en vigor desde 2005. Decreto que adapta así la normativa autonómica a la estatal, además de establecer los distintos aspectos técnicos y de seguridad para la protección de los usuarios,  asignando las competencias de las administración en la inspección.

En este sentido, una de las principales novedades es que será responsabilidad de los concellos la inspección y vigilancia de las piscinas unifamiliares y de comunidades de propietarios, mientras que queda en manos de la administración autonómica la vigilancia e inspección de piscinas públicas y de las privadas correspondientes a casas rurales o de agroturismo, a colegios mayores y a residencias universitarias o similares.

Todas estas categorías se equiparan en exigencias a las que existen en la actualidad para las piscinas en alojamientos turísticos y sus propietarios deberán hacer controles de  calidad del agua y aire, en caso de piscinas cubiertas, que deberán colocar en lugares visibles para el público. 

También deberá estar visible la información sobre las substancias químicas empleadas en el tratamiento del agua, la existencia o no de socorrista, las direcciones y teléfonos de contacto de centros sanitarios y de emergencias, así como los derechos y deberes de los usuarios. 

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Otra de las novedades será la obligación de que el titular realice una declaración responsable antes de la entrada en funcionamiento de la piscina por primera vez tras la realización de obras de construción o modificación y cuando se produzcan cambios en las circunstancias o datos que haya declarado con anterioridad. También hay que comunicar el reinicio de la actividad tras más de dos semanas de cierre  en piscinas de uso continuo y  la reapertura en las de uso discontinuo.

Además, el nuevo decreto prevé cambios en temas como las medidas de prevención efectiva de los riesgos para la salud asociados a las instalaciones o control del agua del vaso previo al inicio de la actividad o el criterio para el cálculo de la temperatura ambiente para piscinas cubiertas con varios vasos cuya agua está a distinta temperatura. 

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